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Sigue sin aplicarse derecho de personas con discapacidad a viajar gratis; analizan vía judicial

Las personas con discapacidad y sus familiares reclaman se cumpla con el artículo 83 de la ley 18.651 que consagra el derecho a viajar gratis en ómnibus.

El pasado martes 31 de marzo se cumplieron cuatro años de que el colectivo de personas con discapacidad hizo público su reclamo de cumplir con el artículo 83 de la ley 18.651 de 2010, que consagra el derecho a viajar gratuitamente. Una marcha desde el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) hasta Torre Ejecutiva hizo visible el reclamo.

Han pasado 16 años desde la aprobación de la ley y su posterior promulgación por el Poder Ejecutivo, pero el derecho consagrado en el artículo 83 no se cumple.

A mediados de 2021, el gobierno de Luis Lacalle Pou aprobó el decreto reglamentario 176/021. Sin embargo, en lo que refiere al pasaje en el transporte de pasajeros, la norma remite a las personas beneficiadas a una inexistente oficina del Ministerio de Salud Pública (MSP), convirtiéndola en inaplicable.

Una vez asumido el gobierno encabezado por Yamandú Orsi, se conformó una comisión para analizar la situación y elaborar propuestas para concretar el cumplimiento de la ley.

La comisión terminó su trabajo y elevó un informe a la Presidencia y al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el que lo derivó a Economía. Hasta el momento, el documento se encuentra en el MEF.

Reclamo histórico

Desde el colectivo Pase Libre Nacional, que agrupa a personas con discapacidad y sus familiares en reclamo del cumplimiento de la ley, indicaron a Caras y Caretas que hay pocas expectativas en cuanto a que la norma se reglamente y se aplique. De no hacerlo, porque ninguna cartera querría asumir el costo financiero, se abre la vía legal. Ya hay antecedentes en este sentido, favorables a los reclamantes.

Hace cuatro años se realizó una marcha para visibilizar esta situación. En esa ocasión, más de cien personas marcharon desde el MTOP, ubicado frente a la Plaza Matriz, hasta la Torre Ejecutiva.

Allí se dio lectura a una proclama y se informó a la prensa presente sobre el reclamo.

Posible vía judicial

La ley 18.651 de Protección Integral a los Derechos de las Personas con Discapacidad fue aprobada por el Parlamento en febrero de 2010. Desde ese momento se han ido reglamentando distintos aspectos, como el laboral.

No obstante, el artículo 83, que establece que "todas las empresas de transporte colectivo nacional terrestre de pasajeros están obligadas a transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en las condiciones que regulará la reglamentación", no ha sido reglamentado.

La falta de reglamentación y las demoras, que llevan años, para hacerlo, estarían llevando al colectivo implicado a recurrir a la vía judicial.

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