Al concederle el arresto domiciliario el martes, el tribunal instó a la exmandataria de "abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes".
En respuesta sobre el alcance de este requerimiento, el TOF nº 2 aclaró que se esperaba "de la solicitante el criterio, la prudencia y el sentido común suficientes para discernir en qué contexto el uso del balcón resultará una acción inocua y en cuál podrá implicar una perturbación para la tranquilidad y la convivencia pacífica del vecindario y sus habitantes".
El tribunal añadió en su respuesta que ésa era "la única y exclusiva situación que se pretende proteger con la regla de conducta en cuestión".
Desde el balcón
Cada día, desde que se conoció el fallo de la Corte Suprema, centenares de personas se acercan en las inmediaciones del domicilio de la expresidenta en señal de apoyo, si bien la exmandataria no volvió a asomarse desde el lunes, un día antes de que el tribunal informase que le concedía el arresto domiciliaria.
La Corte Suprema ratificó hace diez días, por unanimidad, la sentencia contra Fernández emitida por el TOF nº 2, fallo que en segunda instancia confirmó el 17 de noviembre de 2024 la Cámara Federal de Casación.
(Sputnik)