La defensa de Bolsonaro justifica la falta de comunicación previa sobre la venta de las joyas como un "error" o "desinformación" del aviso de la Presidencia. El núcleo de su argumento reside en una legislación de 1991 que trata de la preservación, organización y protección de los fondos documentales privados de los presidentes de la República. Según esta ley, los documentos que integran la colección presidencial privada son, en su origen, propiedad del presidente, "incluso para fines de herencia, donación o venta".
Sin embargo, la defensa de Bolsonaro ignora una decisión del Tribunal de Cuentas Federal (TCU) de 2016, que estableció reglas más claras y estrictas en materia de obsequios recibidos por los presidentes. Según el TCU, la mayoría de los obsequios recibidos por los presidentes deben considerarse bienes públicos, excepto los artículos de uso personal o de carácter muy personal.