Volpi tendrá que declarar
A todo esto, la nueva intendenta de Artigas, Elita Volpi quien deberá declarar en setiembre ante el fiscal Federico Rodríguez por estar involucrada en la estafa de una viuda de un estanciero dijo este miércoles en conferencia de prensa que se terminaron las horas extras, salvo para los servicios esenciales. Sin embargo, en la condena alcanzada por el fiscal Federico Rodríguez con Rodolfo Caram y su pareja Severo, se consignó que la maniobra abarcaba dos rubros: horas extras y registro de labores.
Por tanto, la prohibición comunicada por Volpi se extiende solamente a una de las maneras que implicó la estratagema de Rodolfo Caram y Stefani Severo con la anuencia del intendente, Pablo Caram, según éste admitió en la Justicia. “Hay cosa juzgada sobre fraude pero no sobre el delito de lavado”, dijo una fuente de la investigación a Caras y Caretas.
Soravilla: diputado suplente y apoderado
Desde 2018, la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) informó sobre un cúmulo de irregularidades perpetradas por la Intendencia de Artigas, especialmente por la adjudicación de licitaciones de obra pública a la empresa Pedrera del Norte SRL por parte de la Intendencia.
Los socios de la empresa, Rodrigo Jiménez y Martín Bicera, hermano de un contador de la intendencia que se desempeñaba en la Unidad de Proyectos, integrante de la Comisión de Adjudicación de Licitaciones. Ante ese cuestionamiento de la Jutep, la Intendencia de Artigas respondió que el contador había renunciado en 2017.
Una de las empresas adjudicadas por la Intendencia y que la Jutep indagó fue Prenorte SRL, constituida en noviembre de 2010 por Rodrigo Jiménez y María Victoria Olivera. Su apoderado era el escribano Emiliano Soravilla Pinato, actual diputado por el departamento de Artigas, suplente de Valentina Dos Santos, condenada por usurpación de funciones.
En 2018 el diputado departamental Soravilla no solo era apoderado de la empresa sino funcionario de la propia Intendencia, desde julio de 2015. Soravilla multiplicó su sueldo cuatro veces y media (4.32) desde su ingreso hasta enero de 2019.
Una de las conclusiones de la Jutep indica que se comprobó un notorio incremento de adjudicaciones a las tres empresas Pedrera del Norte SRL, Prenorte SRL y la unipersonal Jiménez Felice Rodrigo, entre julio de 2017 y enero de 2020. Además, la Jutep concluyó que hay dos funcionarios de la Intendencia relacionados con el grupo empresarial sin que esa información haya sido transparentada.
De hecho, Soravilla ni siquiera respondió a la Jutep si fue apoderado de una de las tres empresas mencionadas o de dos de ellas. “Los cargos ocupados y la dependencia directa del intendente requerían, sin dudas, la adopción de medidas para transparentar la relación del escribano Soravilla con un grupo empresarial al que en 4 años y medio se le adjudicaron obras por un importe superior a los 146 millones de pesos”.
Soravilla indica la Jutep en su informe fue por años secretario particular del intendente Pablo Caram. Otra de las conclusiones es que Soravilla, habiendo sido apoderado de las empresas Jiménez Felice Rodrigo y Prenorte SRL, “no hizo constar nunca ante la Intendencia departamental tal relación que constituye violación a los principios de probidad, legalidad y transparencia e incumplimiento de la obligación de efectuar la Declaración Jurada de Implicancias”.
Caram: colono en riesgo
El exintendente de Artigas, Pablo Caram, fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de omisión de los funcionarios en proceder a denunciar los delitos, agravado a la pena de 14 meses de prisión. El delito que Pablo Caram omitió denunciar es el de fraude perpetrado por su primo Rodolfo y su cuñada Stefani. Cumplirá la pena en régimen de libertad a prueba y deberá cumplir durante tres meses, dos veces por semana, trabajo comunitario.
Además, Caram es colono arrendatario y la ley de creación del Instituto Nacional de Colonización (INC), n.° 11.029, en su artículo 101, habilita al Instituto a rescindir el contrato con un colono arrendatario que haya incurrido en perturbaciones.
“El artículo debe ser interpretado con un conjunto de otras normativas”, indicaron fuentes a Caras y Caretas. De hecho, para inscribirse y aspirar a tierras del INC se debe presentar el certificado de buena conducta. Caras y Caretas conoció que la conducta del colono debe ser calificada de buena para continuar teniendo esa calidad.