Ni bien se dio a conocer la decisión en la tarde de este miércoles, Fagúndez agradeció que tuvieran en cuenta las consideraciones planteadas por la AAP y la preocupación por el proceso penal.
¿Qué efectos tenía el proyecto?
Según había advertido la organización de penalistas, la modificación del artículo 365 del Código Proceso Penal propuesta era "contraria a los principios que inspiran" el sistema y "sobre todo al sentido común".
"Dicho artículo regula entre otros aspectos el sistema de apelación de las resoluciones que se dictan en la audiencia preparatoria del juicio oral o audiencia de control de acusación, respecto de los medios de prueba que van a ser utilizados en ese juicio oral", explicaban a través de un comunicado, pero con la modificación se proponía la eliminación de esa etapa en donde de alguna manera se "depura y selecciona las pruebas admisibles".
Los profesionales señalan que dicha instancia "es muy importante para la preparación adecuada del juicio oral y todos los protagonistas tienen la tranquilidad de que las pruebas que van a utilizarse en audiencia son las que corresponde".
Además, como se establecía que apelación sobre las pruebas tuviera un efecto diferido, luego del juicio oral, los penalistas acusan de carencia de sentido en pasar a la etapa del juicio analizar las pruebas, pasando a una instancia posterior con la incertidumbre respecto a si las pruebas presentadas serán consideradas como válidas o no.
De acuerdo a los abogados, la modificación del artículo impactaría negativamente en todo el sistema judicial y de forma más directa haría perder "certezas, seguridad y garantías a las víctimas y los imputados durante el proceso".
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