Las penas propuestas
El proyecto establece sanciones que van desde los tres meses de prisión hasta los dos años de penitenciaría para quienes "de forma ilegítima, realicen grafitis, rayados, inscripciones, pintadas, pegatinas o cualquier otra alteración material relevante sobre bienes muebles o inmuebles ajenos, públicos o privados, mediante pinturas, tintas, adhesivos, grabados o cualquier otro elemento análogo" .
Quedan excluidas de manera explícita las expresiones artísticas realizadas con autorización de los propietarios o responsables de los inmuebles .
Las agravantes
La pena será más severa en determinadas circunstancias. El proyecto enumera como agravantes :
Comisión en grupo: cuando el hecho sea realizado por dos o más personas en conjunto
Uso de sustancias dañinas: si se emplean sustancias corrosivas, inflamables o que puedan causar un mayor deterioro
Daño a espacios protegidos: cuando afecten monumentos históricos, bienes declarados patrimoniales o de interés cultural
Daño a espacios públicos esenciales: centros educativos, hospitales, templos religiosos, cementerios, plazas, parques u otros bienes destinados al uso o servicio público
Motivación discriminatoria: cuando la conducta se ejecute por motivos de odio o discriminación por razones raciales, de orientación sexual, discapacidad, ideología o condición social
Los argumentos del impulsor
El diputado Jisdonian justificó la iniciativa en base al creciente malestar ciudadano y al alto costo económico que representa para el Estado la limpieza de espacios afectados.
"La gente está harta de ver las plazas, los monumentos históricos, las escuelas y los hospitales públicos tapados de grafitis y pegatinas que afean nuestras ciudades. Limpiar todo eso nos cuesta millones de dólares en impuestos a todos los uruguayos. Plata que tendría que ir a medicamentos o a seguridad se va en tapar el vandalismo de unos pocos. Con esta ley, el que rompe, paga, y si es un monumento o un hospital, la pena es todavía más dura", señaló el legislador.
Además, Jisdonian caracterizó esta problemática como "una forma de violencia visual": "Cuando alguien destruye o degrada un espacio común le está imponiendo a todos los demás una ciudad más fea, más descuidada y más hostil. La belleza urbana también es un bien colectivo y tenemos derecho a disfrutarla y preservarla".
Contexto: el caso del grafitero "Ruzok"
El proyecto de ley surge en un contexto de creciente preocupación por el daño al patrimonio público. Un detonante clave fue la reciente imputación judicial de un conocido grafitero montevideano, identificado como "Ruzok" o "Rousseau", quien fue formalizado por un delito continuado de daño agravado tras ser filmado realizando más de 60 pintadas en la capital .
Este caso fue catalogado como "excepcional" por las autoridades debido a la cantidad de evidencia reunida, y puso en evidencia las dificultades que enfrenta el sistema judicial para sancionar este tipo de conductas con las herramientas legales actuales .