El Directorio la Jutep tratará el caso esta semana luego de la resolución de la Suprema Corte de Justicia ( SCJ), que entiende que es constitucional que el legislador presente esta información.
En esta ocasión se definirá si Sartori es pasible de sanción al no presentarla, aunque Di Longo consideró que para ella “es clarísimo que la declaración jurada es una unidad que abarca al obligado y la cónyuge”.
En cuanto a las razones por las que se exige este requisito la presidenta de la Jutep expresó: “Siempre hay un interés final que es el interés por el cual se solicita eso. Justamente la sentencia plantea que el interés final que es el de poder tener como forma controlar el enriquecimiento ilícito, así también el conflicto de intereses. La cónyuge puede tener una empresa y el legislador presenta un proyecto de ley que favorezca a ese tipo de empresa”, recalcó.