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Aborto en Uruguay: MYSU advierte criminalización de mujeres vulnerables

MYSU denuncia que, pese a la ley de IVE, la justicia penal sigue actuando sobre mujeres pobres que no logran acceder al sistema de salud dentro de los plazos legales.

En el marco del 8M, la organización MYSU (Mujer y Salud en Uruguay) puso sobre la mesa la persistencia de la criminalización del aborto en Uruguay, pese a la normativa vigente que ampara la realización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

MYSU es una organización que trabaja por el reconocimiento y pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. Este componente de los Derechos Humanos revela elevados niveles de desigualdad, violencia y limitaciones que enfrentan las mujeres al decidir sobre su cuerpo y su vida.

Las demandas por un cambio en las reglas que rigen la sexualidad y la reproducción adquieren su dimensión más crítica en el cuerpo de las mujeres, constituyendo el núcleo duro de la lucha feminista, y siendo especialmente resistidas por sectores ultraconservadores debido a que desafían valores tradicionales de patria, familia y propiedad. De esta manera, MYSU se posiciona como una de las organizaciones feministas más comprometidas y que ha tenido mayor trayectoria en abordar estos temas clave de género.

¿Cuáles son los ejes de trabajo de MYSU?

La labor de MYSU se centra en varias líneas fundamentales. En primer lugar, nos dedicamos a monitorear la política pública, manteniéndonos como una organización autónoma e independiente del gobierno y de los partidos políticos. La incidencia es un eje central de nuestra actividad, donde desarrollamos estrategias para promover los derechos humanos y la incorporación de la equidad de género en las políticas públicas y en la ciudadanía.

La segunda línea de trabajo se enfoca en investigar y generar conocimiento, que luego difundimos a la sociedad civil a través de una estrategia de comunicación efectiva. También trabajamos para que las propuestas de los actores sociales estén respaldadas por una argumentación sólida, lo que nos ha permitido sistematizar una propuesta de cambio que impulse la defensa de los derechos sexuales y reproductivos. Por ello, en 2007 establecimos el Observatorio Nacional en Género y Salud Sexual y Reproductiva. En 2008 recibimos el premio Concha OPS Colomer, que reconoce la importancia de esta herramienta en el monitoreo y seguimiento de políticas públicas.

Esto se complementa con dos líneas adicionales. La Promoción y Comunicación, que implica realizar actividades de sensibilización y difusión sobre el conocimiento, ejercicio y defensa de los derechos sexuales y reproductivos, dirigidas a organizaciones, grupos y personas. Y la Formación, Consultoría y Asistencia Técnica, que abarca la implementación de capacitaciones para jóvenes activistas, así como para profesionales en salud y ciencias sociales, además de ofrecer asesoramiento a grupos, organizaciones sociales, periodistas, parlamentarios e instituciones públicas y privadas a nivel nacional y regional.

En este marco, MYSU ha desempeñado un rol fundamental en la promoción y defensa de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva (Ley N.º 18.426), promulgada en 2008, así como en la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley N.º 18.987), aprobada en 2012. Estas leyes son hitos significativos en la garantía de los derechos sexuales y reproductivos en Uruguay, y la organización ha trabajado incansablemente para asegurar su implementación efectiva y su evolución en el contexto de la política pública, así como juntar las evidencias para seguir mejorando el marco normativo y la política existente.

Persecución penal

La aprobación de la Ley de interrupción voluntaria del Embarazo (IVE) en 2012 y posterior implementación de servicios legales en el Sistema Nacional Integrado de Salud ha permitido que unos 10.000 abortos anuales se realicen de forma segura y dentro de los requisitos establecidos por la ley. Sin embargo, la puesta en vigor de esta norma no ha modificado significativamente la actuación del sistema de justicia. El aborto sigue siendo una práctica socialmente aceptada pero penalmente selectiva: quienes no logran superar las barreras de acceso —por falta de información, recursos o tiempo gestacional— siguen siendo el blanco de la persecución penal.

Cuando actúa el sistema punitivo afecta a quienes están en las peores condiciones de vulnerabilidad. El Estado sólo les llega para condenarlas. Aunque la persecución penal del delito es baja en términos numéricos (4 causas y 7 personas imputadas entre 2012 y 2022), el impacto sobre las personas judicializadas es devastador, perpetuando desigualdades estructurales y violencias de género. De las 7 personas imputadas 4 son mujeres y 3 son varones (2 médicos involucrados en práctica del aborto y el marido de una de las mujeres fallecidas por aborto que se autoinculpó al denunciar al médico pero diciendo que la había acompañado).

El perfil de las mujeres criminalizadas por aborto en Uruguay se caracteriza por una profunda vulnerabilidad socioeconómica. Se trata predominantemente de mujeres pobres, con bajo nivel educativo y en situaciones de marginalidad extrema. Muchas de ellas son jefas de hogar con hijos a su cargo, y sus trayectorias de vida están marcadas por la violencia de género y el abandono institucional. Estas mujeres recurrieron al aborto fuera del marco legal porque sus embarazos superaban los plazos permitidos (12 semanas) o porque no encontraron una respuesta adecuada en el sistema de salud.

En contraste, los hombres imputados suelen tener niveles educativos superiores, empleos estables y recursos económicos suficientes para acceder a una defensa privada. Mientras que las mujeres son frecuentemente asistidas por defensorías públicas sobrecargadas de trabajo y con escasos recursos, los médicos procesados cuentan con representación legal activa, logrando, en al menos un caso, la absolución de la pena. La única persona absuelta fue un médico con antecedentes de práctica ilegal del aborto.

Las sentencias condenatorias están impregnadas de sesgos y estereotipos de género. El Poder Judicial no solo penaliza la conducta legal, sino que sanciona el incumplimiento del mandato de la maternidad como un "deber naturalizado". En sus fallos, los magistrados suelen reprochar a las mujeres por no haber llevado el embarazo a término para dar al hijo en adopción, ignorando las condiciones de vida y los contextos personales que motivaron su decisión de abortar.

El estigma asociado al aborto opera como un mecanismo de control social. Las mujeres procesadas no solo enfrentan la cárcel, sino también una condena pública alimentada por coberturas mediáticas estigmatizantes y agresiones dentro del sistema penitenciario, donde son etiquetadas como "asesinas de sus hijos". El sistema ignora por completo las determinantes sociales —como la pobreza extrema y la violencia—, incluso cuando las reconoce, actuando únicamente para condenar y no para proteger o reparar.

Una de las mayores deficiencias detectadas es la ausencia de un marco conceptual de Derechos Sexuales y Reproductivos (DSR) en el ámbito judicial. Las sentencias no reconocen los DSR como derechos fundamentales y la formación de jueces, fiscales y defensores no incluye esta dimensión de manera integral.

El sistema judicial uruguayo muestra resistencia a incorporar instrumentos internacionales de derechos humanos en sus debates y resoluciones. Esto resulta en una aplicación mecánica del derecho penal que ignora la complejidad de las decisiones reproductivas y las obligaciones del Estado de garantizar la salud. En muchas ocasiones, las defensas técnicas no invocan estos marcos, dejando a las mujeres en un estado de indefensión que se traduce en penas desproporcionadas en relación con los máximos previstos.

Uruguay enfrenta una contradicción jurídica al mantener el aborto como delito en el Código Penal, a pesar de contar con una ley que permite su práctica legal bajo ciertas condiciones. La normativa vigente impone limitaciones que excluyen a las mujeres del sistema de salud, tales como restricciones de plazos, el requisito de un año de residencia para migrantes y barreras administrativas como los cinco días de "reflexión" obligatorios. Estas condiciones las obligan a continuar con embarazos no deseados o a enfrentarse a la criminalización y al riesgo de muerte.

Este complejo proceso no se adecua a las Directrices sobre la atención para el aborto de la Organización Mundial de la Salud, suponiendo un sobrecosto del 33% frente a lo que representaría si se aggiornara la normativa. Son las mujeres, personas con capacidad de gestar y los servicios de salud quienes asumen las consecuencias de una legislación que tutela en lugar de reconocer la autonomía reproductiva de quienes transitan por un embarazo.

Uruguay tiene la oportunidad de abordar las necesidades que continúan generando injusticia y sufrimiento innecesario. Repensar la lógica del castigo es fundamental; por ejemplo, se debe promover el uso de medidas alternativas al encarcelamiento para mujeres con dependientes a su cargo, evitando así la aplicación casi automática de la prisión preventiva.

La persistencia de la criminalización contribuye a perpetuar la violencia simbólica y el estigma. El sistema de justicia uruguayo enfrenta el desafío de superar concepciones tutelantes y punitivistas, alineándose con un enfoque de derechos humanos en el que la autonomía reproductiva sea garantizada universalmente y sin discriminación, en lugar de ser objeto de castigo.

(Texto: equipo de MYSU para Caras y Caretas)

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