Consultada sobre cómo logró la autorización del padre del niño para que se fuera a España en el año 2023, Sophia contestó: “Fue él quien me dijo: ‘Te vas a la mierda con el niño a España porque no te quiero ver nunca más en la vida’. Entonces me fui. Luego, a los 17 meses y 11 días de estar en España, el padre del niño pidió la restitución del menor”.
Acerca de la pensión alimenticia que el padre debe pagar, Sophia dijo que no solo ahora no recibe ningún aporte de esa naturaleza sino que su expareja nunca trabajó y que ella sostenía la casa y los gastos de su hijo. A su arribo a Uruguay, Sophia fijó domicilio ante la Policía y ante la Justicia de Familia, que siempre conocieron su ubicación, por eso “esto que dijo el abogado del padre de mi hijo, acerca de que Interpol me buscaría, era un disparate porque yo siempre fijé domicilio ante la Policía y la Justicia, desde que llegué a Uruguay”.
El camino en la justicia uruguaya
En cuanto al periplo judicial que empieza en Uruguay, luego de que el Tribunal de Apelaciones de Badajoz, España, confirmara el reintegro del niño a Uruguay, durante la pasada Feria Judicial Menor se presentó una denuncia ampliatoria para que la Justicia de Familia uruguaya tuviera clara la violencia a la que Sophia estaba sometida. En esa instancia, los asesores jurídicos de Sophia en Uruguay presentaron la denuncia exponiendo los mensajes violentos enviados por el padre del niño. El 28 de mayo de 2025, la Justicia de primera instancia española resolvió el reintegro del niño a Uruguay, y el 31 de julio de ese año el Tribunal de Segunda Instancia falló coincidiendo con la sentencia de primera instancia.
El Tribunal de Badajoz indicó que “la propia apelante durante su interrogatorio reconoció que vino a España con su hijo menor por tres meses con el consentimiento de su padre, lo que no demuestra en ningún momento es que éste último estuviera conforme con que su hijo se quedara a vivir en España”. La sentencia relató que la madre “reconoció que el padre exigió el regreso del niño a Uruguay”. El artículo 12 del Convenio de La Haya en su numeral dos prevé el plazo de un año para reclamar estas situaciones; sin embargo, la Justicia de segunda instancia de Badajoz sostuvo “que resulta que el mero hecho de que el menor sea cuidado correctamente por su familia en España o de que acuda a una guardería dada su corta edad, tres años, nada demuestra sobre su integración en su nuevo ambiente. No tiene aún juicio crítico y es inviable concluir sobre cómo se siente emocionalmente. Lo cierto es que la retención ilícita existe y el padre tiene derecho a la restitución del menor. El que no existan relaciones cordiales entre los progenitores no demuestra de manera cabal que concurra peligro físico o psíquico para el menor ni que de cualquier otra manera se le ponga en una situación intolerable regresando a Uruguay. Hasta el momento, ese supuesto peligro supone una conjetura”.
Medidas cautelares
Una vez que Sophia llegó a Uruguay y fijó su domicilio ante la Policía y la Justicia, se presentaron los mensajes de WhatsApp enviados por el padre del niño. Ante esto, el Tribunal de Apelaciones de Familia de 2do Turno falló medidas de no acercamiento de parte del padre del niño. En la sentencia, a la que accedió Caras y Caretas, se consignó que la mujer denunció que el padre incurrió en otro hecho de violencia cuando, recientemente, denunció públicamente que ella y su hijo estaban desaparecidos, “siendo que mi domicilio era conocido por las autoridades, nos expuso al escarnio público”, dijo Sophia. Ante ello, tratándose de una nueva manifestación de violencia, solicitó medidas de protección que, finalmente, el Tribunal de Apelaciones decretó imponiéndole al denunciado la prohibición de acercarse y comunicarse a la denunciante por cualquier medio, con una zona de exclusión de 500 mts. El mensaje vía WhatsApp enviado por parte de MC a Sophia “Que les quede claro que mi versión más feroz aún no la conocen y si es necesario correrá sangre” fue clave para resolver las medidas cautelares de no acercamiento. En la sentencia del Tribunal de Apelaciones de Familia de 2do Turno se indicó que el proceso judicial se inició por una situación conflictiva, con la denuncia de la madre del niño por violencia basada en género. Este jueves se ratificaron las medidas en el Juzgado de Familia Especializada.