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Sociedad transporte | Día de los Trabajadores | 1° de Mayo

Tomar precauciones

Transporte: ¿hasta qué hora habrá servicio el miércoles 30?

Como es habitual, durante el Día de los Trabajadores no habrá servicio de transporte público, retomando sus actividades a partir de las 00:00 del 2 de mayo.

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Con motivo del Día Internacional de los Trabajadores, el 1° de mayo no habrá servicio de transporte público en todo el país, tanto urbano como suburbano. Se trata de un feriado no laborable que afecta a gran parte de los servicios.

Según lo previsto, las últimas salidas de los ómnibus urbanos en Montevideo serán este miércoles 30 de abril sobre las 19:30. En el caso de los suburbanos, la disminución comenzará un poco antes, a partir de las 19:00.

La disponibilidad de unidades empezará a mermar también desde las 20:00 del mismo miércoles. Durante toda la jornada del jueves 1° de mayo no circularán ómnibus, mientras que el servicio se retomará a partir de las 00:00 del viernes 2 de mayo.

Por su parte, la gremial de taxis tiene previsto un paro para el jueves 1°, por lo que retomará su actividad a la medianoche del 2 de mayo.

Cuánto se cobra si se trabaja el 1° de mayo

En cuanto a la remuneración para este feriado, según indica el artículo 18 de la Ley 12.590 del 23 de diciembre de 1958, "los días 1º de enero, 1º de mayo, 18 de julio, 25 de agosto y 25 de diciembre de cada año, todo trabajador percibirá remuneración como si trabajara; en caso de trabajar recibirá doble paga".

En este sentido, tal como explica el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en su sitio web, si un trabajador mensual trabaja, deberá cobrar el mes completo, más un día. Este día extra se calcula dividiendo el sueldo entre 30.

En cuanto a las horas extra, estas se remunerarán con un recargo del 150% del valor hora correspondiente a los días laborales, según el decreto N° 550/989.

Por otro lado, si el trabajador es jornalero y trabaja, recibirá un doble jornal. Esto mismo aplica para los jornales de los trabajadores rurales, según el decreto N° 216/012.

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