Los testimonios fueron coincidentes en cuanto a que ese coche presentaba problemas que no habrían sido atendidos adecuadamente, y no exclusivamente del día del siniestro sino antes, y que además tenía un movimiento "como si fuera un barco".
Asimismo, se detectó un error en el informe de accidentología, donde se indicaba que el coche 540 en el momento del despiste y posterior vuelco, se desplazaba a una velocidad muy superior a la permitida en esa zona, que era de 60 kilómetros por hora. En realidad, a esa altura de la Ruta Interbalnearia (kilómetro 93), la velocidad máxima permitida para coches es de 110 kilómetros/hora, y para ómnibus y camiones de 90 kilómetros/hora, aunque con una tolerancia que puede superar esa velocidad si se debe realizar una maniobra de sobrepaso.
Ahora la lupa está puesta no solamente en el conductor de la unidad siniestrada sino en la propia empresa, que no habría “parado” esa unidad para un chequeo a fondo ante anomalías denunciadas previo al siniestro.