Déficit que crece
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT) reconoce un déficit de más de 50.000 viviendas, aunque especialistas advierten que el número real podría ser mayor. “Si no ocupamos las viviendas vacías, el déficit se agranda y se vuelve todavía menos manejable”, alertó Nahoum, quien destacó la importancia de reincorporar al mercado tanto las propiedades privadas como las públicas que permanecen fuera de uso.
Durante la última sesión de la Junta Departamental de Durazno, la edila Ester Rodríguez (Frente Amplio) respaldó la nueva ley y subrayó que la situación afecta a todo el país: “La vivienda es un tema muy sensible y reclamado por gran parte de la población. Para un país del tamaño de Uruguay, 97.000 padrones sin uso es muchísimo”, señaló, según informó El Acontecer.
Qué plantea el proyecto
La normativa aprobada por la Cámara Alta permite abreviar el trámite de expropiación de los llamados “inmuebles con deuda compensable” —aquellos con pasivos fiscales o municipales que pueden descontarse del valor expropiatorio—. Según informó Teledoce, el texto fija un mecanismo de indemnización basado en el valor catastral del bien y prevé que el pago se realice mediante la compensación de deudas, reduciendo así el costo para el Estado.
Nahoum explicó que la propuesta “resuelve con celeridad dos problemas importantes: fija la indemnización y establece el origen de los recursos”, pero advirtió que “algunos cabos sueltos” podrían complicar su aplicación. Entre ellos, mencionó la discrecionalidad judicial para aceptar el valor catastral como base indemnizatoria y las diferencias entre los niveles de gobierno acreedores de la deuda.
Recursos, planificación y voluntad política
Más allá del nuevo marco legal, el arquitecto enfatizó que la solución de fondo requiere “organización, planificación y recursos”, además de una revisión del estatus casi “sagrado” de la propiedad privada frente al derecho a la vivienda.
“Sin recursos, solo hay discursos”, resumió en su artículo.
Nahoum recordó además que ya existen antecedentes normativos, como el artículo 38 de la Ley 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible (2008), que establece el “deber de usar” los inmuebles, aunque su redacción final —más laxa que la propuesta original— limitó su alcance.
En paralelo, algunos gobiernos departamentales y legisladores han planteado la necesidad de aplicar impuestos a las viviendas vacías o préstamos blandos para su reacondicionamiento, de modo de incentivar su reutilización sin recurrir siempre a la expropiación.