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Reparación a víctimas de la dictadura: nueva integración de la Comisión Especial de la Ley 18.033

La Comisión Especial de la Ley 18.033 renovó su integración y retomará la evaluación de la reparación para víctimas de terrorismo de Estado en dictadura.

El 22 de agosto quedó instalada la nueva integración de la Comisión Especial prevista en la Ley 18.033, norma que desde 2006 reconoce derechos reparatorios a las personas afectadas por persecuciones políticas, ideológicas o gremiales durante la dictadura y el período previo (1973-1985).

Con la designación de sus nuevos integrantes, la Comisión comienza un nuevo ciclo de trabajo con el cometido de aplicar, evaluar y resolver los casos vinculados a los beneficios establecidos en la ley, el cómputo ficto de servicios para pasividades jubilatorias y la pensión especial reparatoria (PER). Se trata de un mecanismo de reparación impulsado por el Estado uruguayo frente a las consecuencias del terrorismo de Estado.

La nueva integración

El organismo quedó conformado de la siguiente manera:

  1. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS): Dr. Federico Baz, quien ejercerá la presidencia.
  2. Ministerio de Economía y Finanzas (MEF): Ec. Juan Benítez y Dra. María Marziali.
  3. Banco de Previsión Social (BPS): Tec. RRLL Ana Clara Bouses y Dr. Sebastián Ordoñez.
  4. PIT-CNT: Lorena Luján.
  5. Crysol: Gastón Grisoni y José Pedro Olivera.

La presencia de representantes estatales, sindicales y de Crysol —organización que nuclea a ex presas y presos políticos— consolida, según se señaló en la instalación, un espacio institucional de diálogo en torno a la memoria, la verdad, la justicia y la reparación.

El reclamo de Crysol ante la Suprema Corte

La integración de la Comisión nos retrotrae a un debate abierto sobre los alcances de la ley. En 2023, Crysol presentó un recurso de inconstitucionalidad contra tres incisos del artículo 11 de la Ley 18.033, que regula la pensión especial reparatoria para ex presos políticos procesados o privados de libertad por más de un año entre 1973 y 1985.

Mediante un comunicado, la organización explicó en ese momento que la acción se debía a la “evidente falta de disposición del actual Poder Ejecutivo para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), de los Relatores Especiales de Naciones Unidas y de los compromisos asumidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

Crysol fundamentó su reclamo en la Resolución 60/147 de la ONU, que establece que los Estados deben reparar de forma integral a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos y al terrorismo de Estado, “sin obligarlas a renunciar a sus jubilaciones ni a otros derechos adquiridos”.

Un camino aún en disputa

La reinstalación de la Comisión Especial abre una nueva etapa en la aplicación de la Ley 18.033, con desafíos tanto en la gestión de los beneficios como en la resolución de las tensiones jurídicas y políticas que subsisten alrededor de la reparación integral.

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