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Pablo Caram fue condenado, renunció a la Intendencia y recibirá subsidio millonario

La Junta Departamental aprobó la dimisión de Pablo Caram este lunes con 20 votos a favor de ediles blancos. Antes de la sesión, algunos miembros de la oposición argumentaron que no se debía votar la renuncia de Caram, dado que la Corte Electoral ya lo había inhabilitado para ocupar el máximo cargo departamental.

Sin embargo, la aprobación de su renuncia le permitirá recibir un subsidio establecido por ley.

Este subsidio representa el 85% de su sueldo nominal de $333.241, lo que equivale a $283.000 mensuales. En total, Caram percibirá $3.398.905, a pesar de su renuncia y condena.

A diferencia de su primo Rodolfo Caram, quien también fue condenado y multado, Pablo Caram no deberá pagar ninguna sanción económica adicional.

En un caso similar, la exdiputada Valentina dos Santos también podría acceder a este beneficio económico, pero no lo solicitó al presentar su renuncia a la banca.

Embed - SESIÓN EXTRAORDINARIA 22/07/2024

Decreto N° 398/989

El decreto reglamentario del régimen jubilatorio y de subsidios para titulares de cargos políticos, electivos y de particular confianza, promulgado el 24 de agosto de 1989 y publicado el 14 de diciembre de 1989, establece las condiciones bajo las cuales los titulares de estos cargos pueden recibir subsidios.

Según lo dispuesto, estos subsidios están destinados a facilitar la reinserción laboral y se otorgan a partir del cese en el cargo por un período igual al triple del tiempo de servicio, con un máximo de tres años.

El subsidio es equivalente al 85% de los haberes sujetos a montepío del cargo en actividad, incluyendo primas y aguinaldos, y está sujeto a las retenciones habituales. Este beneficio es incompatible con el desempeño de otros cargos políticos similares y se contabiliza como tiempo trabajado para efectos jubilatorios, aunque no para cumplir el requisito de tres años de ejercicio del cargo. La Contaduría General de la Nación o la del organismo correspondiente gestionará el crédito específico para estos subsidios.

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