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Política Dos Santos |

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Corte Electoral inhabilitó a Pablo Caram y a Valentina Dos Santos

La resolución fue votada por unanimidad, y prohíbe a los nacionalistas a ocupar cargos públicos mientras dure su condena.

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En una sesión extraordinaria que tuvo lugar este lunes, la Corte Electoral decidió inhabilitar al intendente de Artigas, Pablo Caram y a su sobrina Valentina dos Santos, luego de que ambos fueran condenados por la Justicia. Esta decisión no es apelable.

Esta resolución lleva a que ambos implicados no puedan ocupar cargos públicos mientras dure su condena, lo que obliga a Caram a renunciar a su puesto en la Intendencia de Artigas. Además, ninguno podrá presentarse como candidatos a ocupar alguna de las bancas en la Cámara de Senadores o Diputados.

La sentencia se basó en el Artículo 80 de la Constitución, que establece que “por sentencia que imponga pena de destierro, prisión, penitenciaría o inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos durante el tiempo de la condena”, se le quitará la ciudadanía a los implicados.

Como la condena de Dos Santos finaliza en enero de 2025, podrá luchar por un lugar para ocupar el cargo de Intendenta de Artigas, elecciones que se llevarán a cabo el 10 de mayo del próximo año.

Las condenas de Caram y Dos Santos

El pasado martes 16 de julio, la Justicia condenó a Pablo Caram a 14 de meses de prisión por omisión de funcionario público de denunciar irregularidades, condena que será sustituida por tareas comunitarias. Por otro lado, Valentina Dos Santos fue sentenciada a seis meses bajo el régimen de libertad a prueba, por usurpación de funciones.

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