El modus operandi
Durante las actuaciones se constató un faltante de dinero en efectivo en la sucursal, luego de detectarse que paquetes de billetes que debían contener denominaciones de $1.000 estaban integrados parcialmente por billetes de $20.
De esta forma, el efectivo disponible era sensiblemente inferior al monto que debía encontrarse en la caja fuerte.
Se constató la utilización de comprobantes y capturas de pantalla adulteradas para acreditar supuestos saldos bancarios que en realidad no existían.
La investigación permitió identificar a una de las condenadas, que era responsable del local, y establecer además que empleados habrían realizado operaciones ficticias mediante los terminales POS, simulando depósitos a distintas cuentas bancarias.
Si bien las transacciones generaban la acreditación inmediata de los fondos, el dinero correspondiente no ingresaba físicamente a la caja de la sucursal.
De acuerdo con la investigación, el mecanismo permitió transferir fondos pertenecientes a la empresa hacia numerosas cuentas de terceros.
En la intervención, el dinero tampoco se encontraba en la caja fuerte ni en las cuentas vinculadas a la sucursal, determinándose un faltante de aproximadamente $13.200.000.
Las condenas
La Fiscalía Especializada en Lavado de Activos dispuso órdenes de detención para 13 personas, quienes fueron llevadas a la justicia.
El Juzgado Letrado de 1° Instancia en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de 1° Turno dispuso la condena de 6 personas como coautores penalmente responsables de un delito de estafa, a la pena de 16 meses de prisión, pena que será sustituida por el régimen de libertad a prueba.
Además, se dispuso la condena de 6 personas como coautores penalmente responsables de un delito continuado de estafa, a la pena de 16 meses de prisión, pena que será sustituida por el régimen de libertad a prueba.
También fue condenada una mujer como autora penalmente responsable de un delito continuado de estafa a la pena de 24 meses de prisión, la que se cumplirá con tres meses de prisión efectiva, tres meses de arresto domiciliario nocturno y 18 meses sustituidos por régimen de libertad a prueba con medidas.