Si un proyecto cultural es considerado de interés por una comisión integrada por representantes de distintos partidos políticos, la ciudadanía tiene derecho a conocer las razones jurídicas o de otra índole que fundamenten la decisión final. La motivación de los actos administrativos no es una formalidad: es una garantía democrática. Pero, además, conviene no perder de vista el sentido mismo de estas políticas. El objetivo de estos apoyos no es beneficiar a personas determinadas, sino democratizar el acceso a la cultura.
Los bienes culturales cuya producción acompaña la Junta Departamental -libros, publicaciones, audiovisuales, teatro y otras expresiones artísticas- no tienen un fin comercial, sino social. Se busca que circulen gratuitamente o con amplia accesibilidad para que lleguen a todos los públicos, sin distinción de clase o poder adquisitivo, y que la cultura no se transforme en un bien reservado para quienes pueden pagarla.
Quizás esta coyuntura nos brinde la oportunidad de avanzar hacia una regulación que establezca criterios públicos, objetivos y transparentes para los apoyos culturales departamentales. Una normativa que determine quiénes pueden postularse, bajo quécondiciones, cuáles son las incompatibilidades, cómo se priorizan los proyectos, qué recursos presupuestales existen y de qué forma se rinden cuentas a la sociedad.
No se trata de legislar para un caso concreto. Se trata de fortalecer las instituciones. Cuando las reglas son claras, protegen por igual a quienes solicitan apoyos y a quienes deben administrarlos. La discrecionalidad excesiva genera sospechas; la transparencia genera confianza.
Una propuesta concreta sería que la Junta Departamental impulse una ordenanza o reglamento de apoyos editoriales y culturales con principios como publicidad de las convocatorias, criterios de evaluación, motivación obligatoria de las resoluciones, declaración de conflictos de interés cuando corresponda y publicación periódica de los apoyos concedidos y denegados.
Las dificultades de estas horas permiten advertir un posible vacío normativo. Un organismo público como la Junta Departamental de Montevideo requiere pautas previamente establecidas, publicadas y fundamentadas. En un Estado de Derecho, la discrecionalidad no puede confundirse con arbitrariedad.
El centro del debate deja de ser si una decisión fue acertada o no en un caso concreto para preguntarse cómo deben administrarse los recursos públicos destinados a la cultura en la ciudad. La Administración puede tener un margen de discrecionalidad para valorar el interés cultural de un proyecto, pero ese margen debe ejercerse dentro de reglas conocidas, con criterios objetivos, motivación suficiente y posibilidad de control ciudadano. No se trata de restringir la capacidad de apoyar iniciativas culturales. Se trata de fortalecerla mediante reglas claras, conocidas y previsibles. La cultura merece políticas públicas, no decisiones ocasionales.
Quizás haya llegado el momento de que la Junta Departamental capitalina apruebe un reglamento de apoyos culturales y editoriales que establezca criterios de elegibilidad, procedimientos de evaluación, causales de excusación o incompatibilidad cuando correspondan, obligación de motivar las resoluciones y publicidad de los apoyos concedidos.
Eso protege el interés público, brinda seguridad jurídica a la ciudadanía y también resguarda a quienes tienen la responsabilidad de decidir. Porque cuando las reglas son claras, gana la Junta al fortalecer su legitimidad; gana la ciudadanía, al conocer en igualdad de condiciones cómo acceder a los apoyos públicos; y gana la cultura, al consolidarse como un derecho y no como un privilegio.
Gana la Junta. Gana la gente.
Susana Andrade