La Jueza de Mercedes Ximena Menchaca tiene en sus manos la suerte de Guillermo Besozzi, ya que al momento de informar a la Corte Electoral la situación procesal del intendente electo de Soriano, el organismo deberá resolver si corresponde o no la suspensión de su ciudadanía.
La situación de Besozzi se complicó esta semana luego de que el Tribunal de Apelaciones de Cuarto Turno confirmara por mayoría la formalización del proceso en su contra por siete causas de corrupción: peculado, tráfico de influencias, concusión, omisión de denunciar ilícitos, abuso de funciones, cohecho simple y cohecho calificado.
La defensa de Besozzi había apelado la medida ordenada por la jueza Menchaca pero sufrió un duro revés con la ratificación dispuesta por el Tribunal de Apelaciones de Cuarto Turno.
Pese a la investigación judicial en su contra Besozzi fue elegido nuevamente como intendente de Soriano y ahora la magistrada actuante deberá informar a la Corte Electoral sobre la situación procesal del imputado.
2- La definición de la Corte Electoral
En el caso de que la formalización se notifique a la Corte Electoral, los nueve Ministros de la Corte se reunirán para tomar una resolución, para lo que se precisa las mayorías establecidas en la Constitución, que requiere que se cuenten con el voto de tres de los cinco ministros neutrales o en su defecto, sea aprobada por dos tercios de los Ministros, es decir que tenga seis votos.
3-La interpretación constitucional
El artículo 80 de la Constitución de la República, establece las circunstancias para la suspensión de la ciudadanía, condición que le impediría ejercer cargos públicos y refiere especialmente a la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría.
La defensa de Besozzi, sin embargo, apunta su estrategia a que la presunción de inocencia se mantiene hasta que exista una sentencia de condena firme ratificada por los tribunales superiores.