Montevideo Refrescos afirma que la resolución de referencia * fue dejada sin efecto por parte de la IM. En cuanto a esta contra resolución, les transribimos una copia de la misma. Montevideo Refrescos quiere transmitir tranquilidad a sus clientes y consumidores asegurándoles que todas nuestras bebidas cumplen con los más altos estándares de calidad e inocuidad y son elaborados en conformidad con la normativa vigente en materia de regulación alimentaria en Uruguay. Consideramos imperioso afirmar que nuestra compañía ha colaborado con las autoridades sanitarias, brindándoles toda la información relativa a nuestros procesos de producción y control de calidad y los respectivos análisis de laboratorio realizados tanto en nuestras instalaciones como por terceros certificados en la materia. Estos análisis garantizan su inocuidad y seguridad para su consumo y reafirman sus niveles de calidad en línea con lo que requiere la regulación bromatológica del Uruguay. En caso de tener alguna consulta adicional, invitamos a nuestros consumidores a contactarnos a través del 0800-2442 y les agradecemos el seguir confiando en nuestras bebidas que desde hace más de 75 años ofrecemos en el país con los más altos estándares de seguridad y calida Información de referencia, publicada anteriormente: *La resolución 142/18/5500 de la Intendencia de Montevideo es clara: «Intimar el cese de la producción de agua mineral hasta que se presenten las acciones correctivas y se demuestre la inocuidad del producto, al local comercial destinado a ‘fábrica de bebidas’, propiedad de la firma ‘Montevideo Refrescos SRL'». El motivo también tampoco deja dudas: «que el Sector Tecnología e Higiene Alimentaria perteneciente al Servicio de Regulación Alimentaria expresa que la Intendencia de Canelones proporcionó información sobre la contaminación por Coliformes termotolerantes del agua mineral sin gas de marca «Vitale», elaborada por «Montevideo Refrescos SRL», por lo que sugiere propiciar el cese de la producción de agua mineral hasta que se presenten las acciones correctivas y se demuestre la inocuidad del producto».
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