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Salarios |

Da Rocha: » Recortar la posibilidad de crecimiento de los salarios, es golpear a los pasivos»

En un documento el Economista del Instituto Cuesta Duarte del PIT CNT, Pablo Da Rocha, analiza las medidas económicas de la actual administración de gobierno, y sus perjuicios para los ingresos de los trabajadores y su repercusión en los pasivos.

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En un documento titulado «Promesas Electorales», el economista Pablo Da Rocha, sostiene en sus aspectos centrales:

«Hace dos semanas fue anunciado en conferencia de prensa por parte del Ministro de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Pablo Mieres, que a partir del 1° de julio, las jubilaciones y pensiones mínimas aumentaría 0,05 BPS (Base de Prestaciones y Contribuciones), lo que equivale a un incremento de 226 pesos. Por ende, se ubicarían en 13.783 pesos, y abarcaría a unas 140 mil jubilaciones y pensiones.

No hay dudas, que en el marco de la emergencia sanitaria, con la llegada del invierno, y ante el fuerte alza de precios que impacta en la capacidad de compra de todos aquellos que tienen un ingreso fijo –como la enorme mayoría de los pasivos de nuestro país- un monto que ni siquiera alcanza al Salario Mínimo Nacional[1] (SMN) es absolutamente insuficiente para llevar una vida digna.

Quizá sea conveniente, recordar cómo se ajustan las jubilaciones y pensiones mínimas. Pues lo hacen, de acuerdo a lo que establece el artículo 27 de la Ley 16.713 de setiembre de 1995, que señala, que la “actualización se hará hasta el mes inmediato anterior al inicio del servicio de la pasividad, de acuerdo al Indice Medio de Salarios, elaborado conforme al artículo 39 de la Ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968”. Para ser más claro, se ajustan teniendo en cuenta la evolución de los ingresos corrientes de los trabajadores permanentes en relación de dependencia de los sectores público y privado formal de todos el país. De modo, que existe un importante vínculo, entre los salarios de los trabajadores (activos) y las jubilaciones y pasividades (pasivos).

Por lo tanto, podemos afirmar -sin perjuicio de aumentos excepcionales que pueda otorgar el Poder Ejecutivo durante el año- dependen de las retribuciones de los trabajadores públicos y privados. Dicho de otro modo, de acuerdo a este criterio, en la medida que los trabajadores logren, mejores niveles salariales; las jubilaciones y pensiones serán mayores.

Esto adquiere especial relevancia de cara a una nueva Ronda de los Consejos de Salarios. Según los anuncios realizados los representantes del Poder Ejecutivo en el seno del Consejo Superior Tripartito -órgano en el que se comunican los lineamientos salariales- se proponen extender los Convenios que vencen el 30 de junio, durante un año pero con unas pautas que a diferencia de todas las rondas anteriores, no previenen la pérdida de poder de compra.

Se proponen alcanzar acuerdos por doce meses, que configurarían al final, una caída de salario real. Este hecho, pondría fin, a un largo y sostenido período de crecimiento real del salario, durante 15 años de gobierno de izquierda, como nunca antes se ha registrado, en la historia económica de nuestro país. Incluso si bien,  las pautas salariales durante el gobierno del Frente Amplio fue sufriendo modificaciones, avanzando lenta y parcialmente hacia lo que se podría denominar “desindexación salarial”, está asegurada la no pérdida de capacidad de compra. En realidad, durante la gestión del gobierno progresista, el salario real -por encima de la inflación- superó 60%. Un crecimiento del poder de compra excepcional en términos estadìsticos.

Es decir, que sin dudas se puede caracterizar el “ciclo progresista” como un largo período –el más largo en la historia económica de nuestro país- de crecimiento económico con distribución en el ingreso. Un verdadero “derrame”, aunque nada tenga que ver con la gravedad, sino más bien, con una política pública bien definida y tendiente a mejorar los salarios.

Una condición “sine qua non” para la no pérdida de salario real, es que los Convenios Colectivos incorporen cláusulas de salvaguarda o correctivos que impidan que la inflación afecte la capacidad de compra. En efecto, más allá de que los ajustes tuvieran en cuenta la inflación (futura) estaba previsto que en caso de registrarse diferencias entre lo proyectado y lo real, se corrigieran, de manera de asegurar que de “punta a punta” no se viera afectada la capacidad de compra.

Como todos sabemos, no es tan relevante la cantidad de dinero que tenemos, como lo que podemos “comprar” con ese dinero; y no hay dudas, que aquello que podemos comprar, depende en buena medida de los ingresos –que suelen ser fijos- pero fundamentalmente de los precios los bienes y servicios que consumimos, que sabemos, varían día a día. Por eso, es tan importante para los trabajadores, qué le pasa a los precios, o sea, qué sucede con la inflación. En efecto, si los precios aumentan más, que los salarios: cae la capacidad de consumo, lo que constituye pérdida de salario real. Pues los anuncios del gobierno, prevén que el ajuste de las retribuciones de los trabajadores privados al cabo de 12 meses, se ubicaran inevitablemente por debajo de la inflación.

Veamos en qué consiste los lineamientos presentado por el Poder Ejecutivo en el marco del Consejo Superior Tripartito. En primer lugar, aplicar los correctivos previstos en el Convenio pasado, de este modo, “empatan”. Hasta acá, no configura pérdida, pero esto está “atado” a la ronda anterior, como ha sido habitual durante 15 años. En segundo lugar, durante los primeros seis meses (julio-diciembre) no habrá ajuste de salarios –por lo que en la medida que aumenten los precios, habrá pérdida de salario real. En cambio, se prevé, que en enero de 2021, exista un “adelanto” de ajuste de 3%; una vez transcurridos 12 meses se aplicará un denominado “correctivo nominal” equivalente al 100% de la inflación acumulada pasada durante el año, al que se “descontará” el ajuste de 3% otorgado en enero y en forma adicional, la caída del Producto Interno Bruto (PIB) que se estima rondará al menos 3%. A modo, de simpificar, si la inflación durante los últimos doce meses –supongamos- alcanza 10%, se descontará en términos generales y poco estricto 6% (3% del “adelanto” y 3% de la caída del PIB), o sea,  no se cubre la totalidad de la inflación. Resultado: pérdida de salario real.

Sin dudas, que en el marco de la pandemia, resulta hasta esperable, utilizar la crisis sanitaria que provoca la llegada del covid-19 como argumento para romper los acuerdos o las promesas electorales. Pero, si bien puede resultar razonable que en el marco del deteriuso del mercado de trabajo las aspiraciones de los trabajadores por esperar mejoras en términos reales, se vean recortadas, no parece de recibo, que deban –sumado a todo los problemas que ocasiona las medidas de precaución ante los riesgos del coronavirus- registrar pérdidas en la capacidad de compra de los ingresos.

No solo es una “mala señal” para la reactivación económica por la vía del estímulo al consumo, sino que provoca una pérdida de bienestar, con riesgo de aumentar los niveles de pobreza y de desigualdad. Porque, efectivamente, para más de 200 mil trabajadores que se encuentran en el seguro de desempleo, sus ingresos se vieron fuertemente afectados y peor aún, para aquellos que perdieron su empleo. Las proyecciones no son alentadoras en este sentido. Se estima que quiza la mitad retorne a lus lugares de trabajo, lo cual podría signficar que la desocupación supere 15%.

Lo que resulta particularmente llamativo, de los anuncios vinculados a los lineamientos salariales, que provocarán caída en el poder de compra (salario real), es que señala, que la pérdida será “recuperada” en los próximos años, en el marco de los nuevos Convenios venideros, en la medida que el crecimiento económico lo permita. Es decir, se retoma una  “vieja receta” sin evidencia empírica, que es la “Teoría del Derrame”. En efecto, las pautas salariales presentadas, no solo aseguran la pérdida de poder de compra, dado que los ajustes se ubican por debajo de la inflación, sino que se hace bajo la “promesa” de recuperar lo perdido, en la medida que las leyes del mercado lo permita.

Los anuncios para los trabajadores públicos realizado en el marco de la Ley de Negociación Colectiva para el Sector Público, no fueron tampoco esperanzadores. Pues más allá de que los representantes del gobierno de coalición reconocen el compromiso programático firmado por los cinco partidos que la integran, de asegurar al menos el mantenimiento de poder de compra de los salarios; le comunicaron a los representantes del movimiento sindical que agrupan a los trabajadores públicos que no estan en condiciones de asegurar la inclusión del famoso artículo 4 de la Ley de Presupuesto Nacional que establee el criterio de ajuste salarial, pero que garantiza la no pérdida de poder de compra, pues establece un correctivo. Habrá por lo tanto, que esperar hasta la próxima convocatoria del Consejo Superior de Públicos, el mes de julio, para saber, si la próxima Ley de Presupuesto incluirá (o no) correctivo.

En concreto, la suerte de los trabajadores en materia de política salarial, tiene correlato con las jubilaciones y pensiones mínimas. Recortar las posibilidad de crecimiento de los salarios, es golpear a los pasivos. Lograr mejores retribuciones para los trabajadores, no solo, constituye una condición para el buen desempeño de sus tareas y funciones, o suponen reconocer su fuerza de trabajo; sino que repercute directamente sobre los montos mínimos de jubilaciones y pensiones. Estos lineamientos, significan no solo un retroceso en materia de política salarial, sino que ponen en riesgo las posibilidad de estimulo la economía y atentan con empeorar los niveles de calidad de vida, llevando cada días más personas y hogares, por debajo de la línea de pobreza.

 

[1] Desde enero de 2020, el Salario Mínimo Nacional se ubica en $ 16.300 pesos uruguayos

 

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