El proyecto que está a estudio de la Comisión de Vivienda, Territorio y Medio Ambiente de la Cámara Baja, y que cuenta el respaldo de todos los legisladores, tiene dos artículos y ambos están reactados de forma clara y sencilla. El artículo 1, dice: Dispóngase la obligatoriedad para el Poder Ejecutivo de plantar, en toda obra de diversa índole que ejecuten (edificios, monumentos, plazas, parques, rutas, caminos), un mínimo de 50% (cincuenta por ciento) que sean flora nativa y/o monte indígena (en sus diversos tipos) en los lugares libres que éstas posean, destinados a parquización y jardinería. Y el artículo 2º, agrega: Junto con dichas plantaciones deberá remitirse información a las escuelas públicas cercanas de las distintas especies de plantas autóctonas a fin de sensibilizar y dar conocimiento a los niños uruguayos. El proyecto, y así lo dice en su exposición de motivos, responde a la necesidad de crear una identidad nacional en torno al monte indígena y a la flora autóctona, ya que el bosque nativo sólo ocupa el 4% de la superficie del país. Debido a eso se reconoce que «es menester jerarquizar el tema, otorgando Declaración de Patrimonio Natural y Cultural de la Nación a los montes nativos, así como promover actividades relacionadas a su uso sustentable, como ser, la información, investigación, educación y capacitación (sobre contaminación biológica, conservación del monte, la biodiversidad que lo distingue del bosque artificial, etc.)».
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