Esta medida tiene como objetivo objetivo estimular el crédito e inyectar liquidez al mercado financiero, para contribuir a minimizar el impacto de la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus.
Esta medida complementa a otras dispuestas por la autoridad monetaria en apoyo al crédito de empresas y personas que ha tomado el BCU en las últimas semanas.
Durante los próximos tres meses, la ampliación de créditos en moneda nacional y unidades indexadas que haga cada institución será deducida del encaje mínimo obligatorio establecido en la normativa del BCU.
Para obligaciones a plazos menores a 30 días el porcentaje pasa de 22% a 15%; entre 30 y 90 días de 11% a 6%; entre 91 y 180 días de 7% a 2%; y entre 181 y 366 días de 5% a 2%.
El encaje bancario es el porcentaje de los depósitos recibidos por cada institución financiera que no puede ser utilizado y debe permanecer en custodia de la autoridad monetaria, con el objetivo de mantener su liquidez.
El Banco Central estima que si el incremento de los créditos alcanzara el tope dispuesto, implicaría el desembolso de más de 14.000 millones de pesos (unos 318 millones de dólares) en encajes.