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En el Parlamento

Juez afirma que muchos adolescentes son enviados a prisión por ser pobres

“Lamentablemente vemos resoluciones judiciales donde se establece la vulneración de derechos como un motivo para privar de libertad más tiempo” a los adolescentes, dijo Eduardo Cavalli en el Parlamento.

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En Uruguay, varios adolescentes responsables de infracciones menores a la ley penal son internados en centros de privación de libertad del Institución Nacional de Inclusión Adolescente (Inisa) únicamente porque provienen de familias de contexto crítico o desfavorable. Es decir, son enviados a prisión porque son pobres. Así lo afirmó el ministro de Tribunal de Apelaciones de Familia, Eduardo Cavalli, quien trabaja hace varios años en procesos penales contra adolescentes infractores, en el Parlamento. Cavalli integró la delegación de representantes de la Comisión Interinstitucional -integrada por el Poder Judicial, la Fiscalía General de la Nación y el Poder Ejecutivo- que compareció ante la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores, de forma de presentar los diversos cambios propuestos al nuevo Código de Proceso Penal, previo a su entrada en vigencia. El debate estuvo signado entorno a la consagración de un sistema acusatorio, oral y público en la Justicia de Adolescentes, en línea con lo que sucederá en el proceso penal de adultos. En este marco, el senador Pedro Bordaberry dijo que le llamó la atención que entre los artículos del código para adolescentes se estableciera explícitamente que: “En materia de responsabilidad penal de adolescentes, nunca podrá fundamentarse ni motivarse el mayor rigor de una medida cautelar o definitiva en las situaciones de pobreza, exclusión, marginalidad social o en la falta de contención familiar que sufriera el adolescente” “¿Existe algún fiscal que haya pedido esto? ¿Hay jurisprudencia que se haya basado en esto? No es que no esté de acuerdo con esto, pero ¿hay casos? Me llama la atención que se incluya, y si se hace será porque seguramente existen antecedentes basados en que por situación de pobreza hay que tener mayor rigor en la medida cautelar. Rompe los ojos que está violando varios principios constitucionales”, preguntó Bordaberry a los magistrados. La respuesta de Cavalli fue contundente: “La respuesta es sí, señor senador. Lamentablemente vemos resoluciones judiciales, pedidos y acusaciones donde se establece la vulneración de derechos como un motivo para privar de libertad más tiempo, como respuesta […] Con la excusa de proteger a veces estamos penando más de una forma que no corresponde”.Lamentablemente se han constatado resoluciones judiciales en casos, por ejemplo, en los que un adolescente que está privado del medio familiar es internado, es decir, se adopta una medida cautelar propia del proceso penal por la falta de contención familiar. Es un error que se ha constatado”, afirmó Cavalli ante los legisladores.Hoy vemos acusaciones del Ministerio Público donde se fundamenta una mayor extensión de la privación de libertad en el entendido de que los hogares de Inisa van a producir un efecto significativo en virtud de que ese chico, en su familia, barrio y demás, está siendo vulnerado en sus derechos y no tiene la posibilidad de una contención familiar que lo oriente por la vida como es debido, respetando los valores de los demás”, agregó. “Lamentablemente, esto es moneda corriente. Creo que se paga tributo a aquello que ustedes saben que a veces las doctrinas van pesadamente desacompasadas de lo que es un cambio normativo. En Uruguay, hasta el año 1994, los viejos juzgados de menores tramitaban las situaciones de vulneración de derechos, como así también situaciones donde un menor cometía un delito. Era la misma competencia, la misma jurisdicción y lamentablemente era constatable que a veces se fundamentaba una internación para proteger sus derechos” “Se decía que con la internación se lo estaba protegiendo y no penando. Fue así que la Convención de Derechos del Niño, luego algunas acordadas de la Suprema Corte y finalmente la Ley 16.707 del año 1995 determinaron la separación de filosofías. Por eso insistíamos tanto en el sentido de que es fundamental entender que este es un proceso penal y no un proceso de protección; de lo contrario, con la excusa de proteger a veces estamos penando más de una forma que no corresponde, más allá de lo que prevé la ley sustantiva en cuanto a la sanción a aplicar”, expresó Cavalli. El magistrado destacó que esta norma copia parte de un proyecto elaborado en 2013. “En su redacción original decía –palabras más, palabras menos– que estos supuestos, por el contrario, motivarán a las fiscalías y a los tribunales de la materia familia para una adecuada protección de derechos de modo que los infelices sean los más privilegiados, haciendo referencia a una frase artiguista que para nosotros es muy cara”. “Es decir, constantemente vemos procesos de adolescentes que son responsables de infracción –que correctamente son responsabilizados– y que tienen historias de vida tremendas. Es muy raro entender a un adolescente que comete un delito y no tenga una historia familiar de absoluta vulneración de derechos”, señaló Cavalli. En este marco, Cavalli dijo que la solución que se pretende es que, en estos casos, la Justicia de Adolescentes envíe los antecedentes al Juzgado de Familia y la Fiscalía de Familia, de forma de cumplir con lo previsto en el artículo 117 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que establece que todo juez que advierte que un niño, niña o adolescente está vulnerado en sus derechos, debe adoptar las medidas que establece ese capítulo del CNA a efectos de la restitución de derechos, cómo puede ser un llamado de atención a los padres, atender un problema de salud grave o en último caso la internación. “Pero son procesos no penales. Me parece que esa dicotomía es esencial en lo que la Convención sobre los Derechos del Niño y a través de las observaciones generales continuamente se está reclamando: que entendamos el proceso penal como una respuesta ante una infracción, pero que la protección de derechos sea competencia de otra materia”, argumentó Cavalli. El magistrado dijo además, que hoy no existe una respuesta adecuada para atender los casos previstos en el artículo 117 del CNA, de forma de lograr que haya “un mejor sistema de protección”. “Como judicial, debo reconocer que no estamos haciendo las cosas bien. No digo que sea responsabilidad de los jueces, sino que quizás falta avanzar mucho en ese camino”, señaló.

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