El exmilitar fue jefe de Operaciones de la OCOA, el organismo coordinador de la represión durante la dictadura, y tuvo un papel clave en las detenciones y muertes de los dirigentes comunistas Fernando Miranda y Eduardo Bleier. Así quedó establecido en la sentencia del juzgado que tiene a cargo la causa.
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La sentencia de la jueza penal Silvia Urioste, también rechaza la posibilidad de la obediencia debida. Para la magistrada es notoria la responsabilidad del exmilitar teniendo en cuenta el rol que entonces cumplía. Actualmente Ramas cumple prisión domiciliaria en Piriápolis ya que está procesado por diversos crímenes cometidos durante la dictadura (1973-1985).
La magistrada indicó en la sentencia, dada a conocer por el portal 25siete, que “con respecto a la obediencia debida, es claro que los mandatos delictivos no son obligatorios, menos en hechos tan graves, de los que el imputado tenía suficientemente claros e interiorizados los valores en juego y se encontraba en condiciones de reconocer la ilegalidad clara que cometía, al privar ilegalmente de la libertad a las víctimas y someterlas a torturas que ponían en peligro su vida, con la finalidad de obtener información relacionada a grupos políticos proscriptos”.
Agrega que un oficial de iniciales BS, de enlace de la Fuerza Aérea en OCOA, (Organismo Coordinador de Operaciones Antisubversivas) relató sobre el centro de detención y torturas “300 Carlos”, en los fondos del Batallón de Infantería 13 en uno de los informes elevados a la Presidencia de la República por el Grupo Verdad y Justicia: “Era el cerebro de la OCOA. Estaba en un galpón en los fondos del Batallón 13 de infantería y su cometido era albergar a los detenidos. Estaba formado por un galpón y tenía un tarimado al final donde estaban los despachos y las oficinas […] Ahí estaban los oficiales con el grado de mayor y los oficiales subalternos con el trabajo de campo […] y, en cuanto a quienes tenían acceso a la información sobre “300 Carlos”, respondió: “Los ejecutores de las detenciones, los que nombramos en primera instancia, Rama, Sioscia”.
Este testimonio fue clave para implicar a Ramas en las muertes de Miranda y Bleier dado que ambos pasaron por ese centro de torturas antes de ser asesinados.
De acuerdo a los datos recabados por las organizaciones de defensa de los derechos humanos el cuerpo de Bleier fue enterrado en el predio del Batallón 13, donde fue encontrado el 27 de agosto de 2019. Por su parte, Miranda también fue enterrado en el mismo predio y encontrado el 2 de diciembre de 2005 por un equipo del GIAF.
Agrega 25siete que del Acta 004 de Tribunal de Honor para Oficiales Superiores, surge que Jorge Silveira declaró: “En diciembre del 75 termino el curso en la Escuela de Armas y Servicios y me sale destino División de Ejército I en comisión en la OCOA. Y me presento en lo que era 300 Carlos en aquella época, que era en el Servicio de Material y Armamento y paso a depender del coronel Ernesto Ramas en lo que era operaciones […] La Policía, la Dirección Nacional de Información e Inteligencia tienen un dato y empiezan a seguir a una cantidad de integrantes del Partido Comunista”.
Si bien Ramas se negó a declarar, de su legajo se desprende que en fechas próximas a las detenciones de las víctimas, confeccionó partes con información del estado actual de las organizaciones sediciosas (20.09.1975), que comandó operativos en captura de elementos que desempeñaban actividades antinacionales poniendo de manifiesto su capacidad para el mando (27.10.1975), que trabajó intensamente procesando informes obtenidos con base en las investigaciones que realiza y dirige (4.11.1975) y que interrogó y efectuó actas a detenidos por encontrarse involucrados en actividades antinacionales, poniendo de manifiesto sus deseos de colaborar hasta el límite de sus posibilidades por el mejor cumplimiento de la misión que se le ha asignado (27.11.1975). El entonces mayor Ramas se desempeñaba como jefe de la División de Operaciones de OCOA y no solo daba directivas a sus subalternos, participaba en operativos, realizaba informes y era informado de todo lo que ocurría con los detenidos bajo su custodia.
Para la magistrada, Ramas “no podía ser ajeno a la decisión y ejecución del enterramiento clandestino de las víctimas” en las proximidades de “300 Carlos”.
La jueza concluye que en su calidad de jefe de operaciones de la OCOA ordenó o por lo menos dirigió los procedimientos que derivaron en la privación ilegítima de la libertad de Fernando Miranda y Eduardo Bleier, quienes fueron derivados por sus aprehensores al centro clandestino de detención “300 Carlos”.