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Sociedad BPS | deudas | cuotas

Más flexibles

Beneficios: para refinanciar deudas con el BPS el Senado aprobó un régimen especial

La iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo permitirá regularizar adeudos con el BPS mediante planes de pago más flexibles y tasas de interés del 2%.

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La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo que crea un nuevo régimen especial de facilidades de pago para las deudas con el Banco de Previsión Social (BPS). La medida apunta a brindar una salida a miles de empresas que mantienen obligaciones impagas con el organismo previsional, especialmente a las micro y pequeñas empresas, que concentran buena parte de la morosidad.

Según datos presentados por las autoridades del BPS, existen unas 37.000 empresas con deudas ante el organismo y cerca de 4.000 continúan en actividad. El gobierno entiende que muchas de ellas enfrentan problemas financieros que les han impedido regularizar su situación y acceder a distintos beneficios vinculados a la seguridad social.

La iniciativa fue elaborada de forma conjunta entre el BPS y los ministerios de Economía, Trabajo y Presidencia. Su principal novedad es la reducción de la carga financiera para los deudores y la flexibilización de las condiciones de pago.

La presidenta del organismo, Jimena Pardo, defendió el proyecto durante su comparecencia ante la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del Senado y subrayó que no se trata de una amnistía. “Las leyes de refinanciación de adeudos siempre son mejores condiciones para pagar, pero no quitas, ni amnistías. Acá hay aportes de las personas atrás”, afirmó.

Hasta 72 cuotas y una tasa del 2%

La ley habilita al BPS a refinanciar las obligaciones generadas hasta la fecha de promulgación de la norma.

En el caso de los aportes personales de trabajadores dependientes, las deudas podrán abonarse en hasta 36 cuotas mensuales por el monto original, sin multas ni recargos.

Por su parte, los aportes patronales y las obligaciones correspondientes a trabajadores no dependientes podrán financiarse hasta en 72 cuotas, con una tasa de interés anual del 2%, muy por debajo del más del 9% que actualmente establece el régimen previsto por el Código Tributario.

Además, las multas y recargos tradicionales serán sustituidos por un cálculo basado en la rentabilidad máxima que habrían obtenido esos aportes si hubieran sido depositados oportunamente en una AFAP.

Beneficios especiales para las micro y pequeñas empresas

Uno de los aspectos centrales del proyecto es el tratamiento diferencial para las micro y pequeñas empresas.

La propuesta elimina el requisito de un monto mínimo por cuota, lo que permitirá diseñar planes de pago adaptados a las posibilidades de cada empresa. Asimismo, estas unidades productivas podrán acceder a un período de gracia antes de comenzar a pagar las cuotas, con el objetivo de no comprometer su continuidad ni el empleo.

En cambio, las empresas de mayor porte deberán acreditar que tienen al día sus obligaciones corrientes correspondientes a los tres meses previos a la firma del convenio de refinanciación.

Las micro y pequeñas empresas quedarán exoneradas de este requisito.

Simplificar un sistema complejo

Durante su exposición en el Senado, Pardo también señaló que el actual esquema de cobro de adeudos es complejo debido a la coexistencia de distintos regímenes legales aplicables según la fecha de origen de cada deuda.

La nueva normativa busca unificar criterios para todas las obligaciones generadas antes de su entrada en vigencia, aunque mantendrá la posibilidad de aplicar el sistema más favorable para cada contribuyente.

Desde el directorio del BPS sostienen que la herramienta permitirá recuperar recursos para la seguridad social sin recurrir a condonaciones masivas, al tiempo que ofrecerá condiciones más accesibles para que miles de empresas puedan ponerse al día y continuar operando.