Los ómnibus afectados al transporte por carretera de corta distancia podrán circular con la totalidad de los asientos ocupados a la partir del miércoles 17 de febrero, según lo establece una resolución de la Dirección Nacional de Transporte (DNT).
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Esta disposición no alcanza a los servicios de media y larga distancia, para los que se mantiene el aforo del 50%. En ambos casos se mantiene la prohibición de trasladar pasajeros de pie.
Por su parte los docentes que hagan uso de estos servicios deberán acreditar, mediante constancia expedida por ANEP, su condición de tal.
De esta manera el Ministerio de Transporte (MTOP) accede a un pedido de la Asociación Nacional de Empresas de Transporte Carretero por Autobús (Anetra).
Los transportistas solicitaron al gobierno que se levante la reducción del aforo, en el marco de la emergencia sanitaria.
La disposición fue aprobada a mediados de diciembre para atenuar el aumento de casos de coronavirus.
No obstante, son frecuentes las denuncias de incumplimiento de esta norma ya que es común ver a los ómnibus de corta distancia con pasajeros de pie.