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El uso de veneno fue un agravante

Volonté Pelúa, el forense condenado a 20 años por matar a su pareja

La Justicia confirmó la condena del médico forense Héctor Volonté Pelúa, quien en 2005 envenenó a su pareja, una enfermera de 24 años.

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Más de una década después de iniciarse el proceso penal en su contra, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal (TAP) de 1º Turno confirmó la condena del médico forense Héctor Volonté Pelúa, por el “homicidio especialmente agravado” de su pareja, María Mercedes Rodríguez, una enfermera de 24 años.

Se trató de uno de los casos más impactantes de los últimos tiempos. Ocurrió en marzo de 2003 en Maldonado. Una enfermera, en pareja con un destacado médico forense veinte años mayor, apareció muerta en la casa de ambos, ubicada en el balneario Buenos Aires. En una primera instancia, el caso se investigó como una muerte dudosa, pero sin descartar la tesis del suicidio.

A principios de 2004, el hombre abandonó el país con destino a Chile. Su partida se produjo pocos días antes que una Junta Médica presentará sus conclusiones sobre la muerte de la joven. La pericia descartó la tesis del suicidio; se determinó que la joven recibió un violento golpe en el cráneo, que la dejó inconsciente, y que fue asesinada con una inyección de pentotal, cuidadosamente aplicada en la ingle.

El hombre anunció que retornaría a Uruguay para defender su inocencia, pero nunca lo hizo y desapareció sin dejar rastro, por lo que se libró una orden de captura en su contra. Finalmente, fue detenido en Brasil y la Justicia solicitó su extradición. La misma se concretó en diciembre de 2010. El juez Gabriel Ohanián (hoy juez de lo Contencioso Administrativo) dispuso su procesamiento con prisión, horas después de su llegada a Uruguay.

Ahora, tras varios años de juicio, el TAP de 1º Turno confirmó su condena “como autor penalmente responsable de un delito de Homicidio especialmente agravado por haberse cometido en la persona de la concubina y mediante veneno”. Fue condenado a 20 años de penitenciaría.

Pruebas de cargo

En junio de 2015, la jueza Letrado de Maldonado de 4° Turno, Adriana Morosini, dictó la condena de Volonté Pelúa por el crimen de su ex pareja. La sentencia fue apelada por su defensa, que planteo la nulidad absoluta del proceso y la inexistencia de pruebas para incriminarlo. Se alegó que la prueba científica -el peritaje de la Junta Médica- no era suficiente para fundar la condena, ya que no puede descartarse “ni como probable, ni como posible, que la occisa se auto-eliminara”.

Pero el TAP -con el voto conforme de los ministros Alberto Reyes, Sergio Torres y Mirian Musi- descartó estos argumentos y confirmó la condena. La Sala explicó que la prueba indiciaria, a partir de la prueba científica proporcionada por las pericias forenses comenzó a edificarse, “apuntala la conclusión de que se trató de un homicidio y no de un suicidio y que fue el Dr. Volonté Pelúa el autor”, expresa el fallo, al que accedió Caras y Caretas Portal.

En este sentido, para la correcta dilucidación del caso se hace “imprescindible partir de un dato que emerge con encandiladora luz de la evidencia (en especial la científica), que se erige en la piedra angular del caso: el descarte de plano de la hipótesis del suicidio”. “Pues dicha conclusión permite afirmar con vehemencia, que la escena en la que se encontró el cuerpo no fue más que el resultado de un montaje, muy bien ideado y preparado por alguien que obviamente conocía a fondo de esas cuestiones, con miras a disfrazar lo sucedido: la muerte por homicidio de la mujer”.

“Los argumentos -o mejor dicho, las conjeturas- que se ensayaron para intentar convencer de que ésta se autoeliminó, no son de recibo; pues no son contrapeso de la aplastante prueba científica, que no deja resquicio para la duda en dicho aspecto”. En este sentido, las diversas marcas encontradas en el cuerpo de la mujer “dan clara pauta de la existencia de un despliegue de violencia previo a la inyección de la sustancia, estrechamente vinculada a ella, que, plásticamente, sitúa el desenlace al margen de cualquier hipótesis de suicidio”.

Tras descartarse la tesis del suicidio, la Sala procedió a intentar establecer “quién le dio muerte”. “Resulta incuestionable que la muerte de Rodríguez no se produjo durante un hurto, una rapiña o un copamiento. Ni siquiera en el curso de una supuesta agresión sexual o algo parecido; por lo que es menester abordar el examen descartando -de raíz- que haya sido el producto de una suerte de daño colateral a causa de alguno de esos hechos, o similares”.

“Esto quiere decir -dado que por regla general a la gente no se la asesina sin una razón- que quien le dio muerte la conocía y, además, contaba con un motivo suficientemente poderoso para hacerlo”. “Esa persona -por de pronto- no podía ser un neófito en estas cuestiones; habida cuenta de la forma como, con sumo cuidado y detalle enmascaró el crimen, haciéndolo pasar por un suicidio. No hay que olvidar que fue a tal punto así, que a la Justicia le llevó casi dos años definir la cuestión (una vez que el ITF -a través de una Junta Médica- logró aclarar de manera definitiva el tema, y dejar en evidencia el montaje urdido para encubrirlo)”, dijo.

Las pruebas demuestran que la mujer “no tenía enemigos declarados y tampoco consta que existieran personas que le desearan un mal semejante, por lo que el círculo de sospechosos se estrecha notablemente” ni que pudiera tratarse de una venganza contra el propio Volonté Pelúa como “sutilmente” él mismo sugirió. “Ello, por la sencilla razón de que está en pugna con toda experiencia que si alguien tuvo la iniciativa de matar a su pareja para vengarse -es de suponer- de él; no tiene sentido que al mismo tiempo buscara disfrazar el ataque como un suicidio y pasara desapercibido su desquite”.

“En suma, como se puede apreciar, lo dicho no solo estrecha en grado sumo el margen de posibles perpetradores, sino que a la par de ello conduce -inevitablemente- a una sola conclusión: el matador fue el acusado”, expresó la Sala. El médico forense tenía un motivo, una oportunidad y contaba con los medios para cometer el homicidio y encubrirlo con cierto éxito.

Motivo, oportunidad y experticia

La Sala afirmó que existían “serios problemas de convivencia y relacionamiento en la pareja”, por los problemas económicos en los que estaban inmersos. Por ejemplo, por esos días, el médico fue notificado de que se ejecutaría la garantía de un préstamo que había contraído: la garantía era la casa de una tía de su pareja. Además, existen algunas denuncias sobre situaciones de maltrato, por lo que la mujer tenía la intención de abandonarlo.

“Esto razonablemente desemboca en la conclusión de que el vínculo -como lo hizo notar la primera instancia- era indudablemente conflictivo y se había deteriorado hasta tal punto que la víctima había decidido ponerle fin. Ello, malgrado el casi idílico panorama que el acusado, para aventar sospechas, buscó presentar desde un comienzo, e incluso lo que algunos testigos que declararon luego de su reaparición señalaron”, señala la Sala.

Además, el hombre tuvo la oportunidad. Si bien no se pudo determinar la hora exacta en que se produjo la muerte, hay un dato “que resulta demasiado relevante para dejarlo de lado: su ‘desvanecimiento’ en el entorno de la hora 14.30, cuando a pesar de estar de turno como médico forense, prácticamente desapareció de las comunicaciones telefónicas, lo que quedó de manifiesto cuando tanto desde el Hospital de Maldonado, como desde la Sede, le fue requerida su presencia y omitió responder las llamadas a su celular”. “Esa sugestiva circunstancia, aunada a que no logró brindar una explicación plausible, constituye otro indicio potente que también lo liga al homicidio”.

Pero el punto más relevante, es que contaba con los medios materiales e intelectuales para encubrir el crimen, en virtud de “su condición de perito (Médico Forense), con vasta experiencia en la función”. “Si había alguien que estaba apto para saber cómo matar de esa manera y cómo encubrir su acción, era precisamente el acusado”. Que a la Justicia le haya llevado casi dos años despejar definitivamente la incógnita de la causa del deceso “decididamente habla de una puesta en práctica en cierto modo exitosa de la operación de distracción”.

Volonté Pelúa “cambio y alteró de la escena del crimen, en los breves momentos que dispuso, todo lo que podía cambiar y alterar, y ello le permitió ganar tiempo”. “El necesario para desvanecerse sin generar demasiadas sospechas, antes de que los investigadores pudieran finalmente armar el rompecabezas y adquirieran sentido aquellos detalles del cuadro que no estaba a su alcance disfrazar (hematomas, sentido de caída de los fluidos del cuerpo, etc.), que a la larga -y el acusado, es obvio, lo sabía- inevitablemente iban a terminar por dejar al descubierto lo que realmente había sucedido”.

A esto se le suma, las inverosímiles explicaciones que brindó para justificar su salida del país. “es evidente que su intempestiva salida del país, bien lejos del alcance de las autoridades nacionales por supuesto, fue una fuga en toda la línea, que tradujo un claro y deliberado propósito de eludir la acción de la justicia”, señaló la Sala.

La pericia de la Junta Médica
La intervención de la Junta Médica fue propuesta por el médico forense Carlos Maggi, quien efectuó la pericia primaria sobre el cuerpo de la mujer. Tras varios meses de trabajo, la Junta Médica descartó la hipótesis del suicidio y fundamentar que se trató de un homicidio. Este se produjo por “la distribución rápida del medicamento en la grasa corporal y peritoneal facilitada por el ingreso extravascular del fármaco”.

Ante esto, la Junta Médica dice: “Los suscritos entienden que el traumatismo de cráneo no produjo la muerte pero sí, fue idóneo para que la víctima perdiera el conocimiento. La inyección de tiopental fue realizada indubitablemente en vida y esto se confirma por el sangrado comprobado en el sitio de punción y el demostrado en la autopsia”.

“En conclusión, respecto de la causa de muerte, la misma fue debida a la acción del tipoental en persona que además presentaba huellas de dígito presión o sujeción en miembros superiores, trauma de cráneo y equimosis inguinal compatible también con dígito presión situada por debajo y dentro del sitio de punción. Además la accesibilidad inquinocrural es sumamente difícil en la posición semi sentada al momento de hallar el cuerpo y como ya se expresó antes, el hematoma ascendente se contrapone con la fuera de gravedad en esa posición”.

“Por otra parte es de destacar que la bombacha no fue atravesada por la aguja, por lo que se corrió para efectuar la punción y luego aparece cubriéndola, lo cual es contrario a la hipótesis suicida y como ya fuera también expresado, lo esperable en dichas hipótesis es que además de que la zona quedara expuesta, la aguja y jeringa deberían quedar colocadas por alcanzarse rápidamente la inconciencia”.

“La presencia de la ampolla de vidrio rota en la región glútea del cadáver, la posición de la ropa y del propio cuerpo plantean que la víctima fue colocada en el lugar en que se la encontró. La presencia de tiopental en el contenido gástrico, es índice de ingestión no pudiéndose determinar la cantidad ingerida y por tanto absorbida aunque se presume escasa dado que la taza con té estaba prácticamente llena. Es de suponer también que si se hubiese elegido como método suicida se hubiese ingerido todo el contenido de la taza”.

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