El decreto 120/014 es el que reglamenta la ley 19.172 de regulación y control del cannabis, y en su artículo 24 establece que los clubes de membresía deberán tener un mínimo de 15 y un máximo de 45 socios.
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Los clubes se encargan del cultivo. Eligen la variedad y la registran ante el Instituto de Regulación y Control del Cannabis (IRCCA).
Están obligados a declarar la cantidad de plantas y los detalles de la cosecha. No tienen una limitación respecto de la variedad. Por eso, explica la presidenta de la Federación, Majo Miles, que varía el porcentaje del componente psicoactivo. Y menciona que según un estudio del IRCCA, el porcentaje promedio de tetrahidrocannabinol, es de 16%.
Actualmente, las farmacias dispensan dos toneladas anuales de cannabis legal, mientras que los clubes 3,5 toneladas, por lo que proporcionan más del 60% de la marihuana regulada que se consume en el mercado interno.