Ximena Menchaca, jueza penal de 1º turno de Mercedes, condenó a cinco funcionarios policiales que balearon un automóvil después de que éste intentara evadir un control de tránsito, según informó Agesor.
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Menchaca condenó a dos policías a 24 meses de prisión efectiva, por los delitos de abuso de funciones y dos delitos de lesiones graves. La pena incluye además una multa por 70 Unidades Reajustables y el impedimento de ejercer cargos públicos por tres años.
Los otros tres policías involucrados en el hecho, recibieron una condena de ocho meses de prisión por el delito abuso de funciones, una multa de 50 Unidades Reajustables e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, en este caso por dos años.
Los hechos
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 14 de octubre de 2018. Ese día se llevaba a cabo la celebración de la Fiesta de la Primavera en Dolores.
En la zona de la Rambla Costera se dispuso un operativo de control de vehículos por parte de inspectores de la Intendencia de Soriano, apoyados por personal de la Dirección de Investigaciones y el Grupo de Resistencia Táctica.
En ese marco se dio la detención de un vehículo Toyota y se procedió a realizar una espirometría a su conductor, quien resultó positivo. Como consecuencia del resultado positivo, el conductor debió abandonar el coche. El mismo fue inspeccionado, no encontrándose en él armas u otro indicio de delito.
Sin embargo, pese a la retención del coche, el conductor subió al mismo y huyó del lugar para evitar ser sancionado. Frente a esta situación, dos policías dieron la voz de alto y luego comenzaron a disparar al vehículo. Los disparos hirieron a otro policía y al conductor, quien recibió un tiro en el pecho y otro en el brazo.
Los disparos no lograron detener la marcha del vehículo. El conductor, ya herido, continuó conduciendo hasta la Plaza Artigas, donde fue chocado por una camioneta del Grupo de Reserva Táctica. Después del impacto, tres policías bajaron de la camioneta y continuaron disparando hacia el coche, pero el hecho no culminó allí.
El hombre logró avanzar en el coche y se dirigió nuevamente a la Rambla Costera, donde empezó la persecución. En ese lugar, según lo declarado por la Fiscalía, el auto iba a muy baja velocidad. Los efectivos, al percatarse que se trataba del coche perseguido, reanudaron los disparos en reiteradas ocasiones.
De acuerdo con lo informado por la Fiscalía, “la gente se corría para evitar el impacto de los proyectiles que de manera desproporcionada , arbitraria e injustificada realizaban los imputados, solicitando los propios compañeros de trabajo que no disparen más”.
Tras los hechos, la Policía Científica encontró 32 casquillos de balas (Glock 9mm) en la Rambla Costanera y otros cuatro, también 9mm, donde se produjo el choque. Además, se pudo constatar el impacto de 25 balas en el coche.
El fallo
Para la jueza Menchaca, en el hecho se violó de “forma flagrante” los dispuesto por los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de Procedimiento Policial. El reglamento decreta que la policía “solamente podrá usar la fuerza legítima, cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de su tarea”. Además, se establece que el uso de la fuerza deberá ser “moderado, racional, progresivo y proporcional”, cuando ya no puedan utilizarse métodos no violentos.
Menchaca, rechazó además los argumentos de una de las defensas de los imputados que invocó la Ley de Urgente Consideración para solicitar la absolución de su defendido. La jueza señaló que los policías “deben ser juzgados a la luz de la normativa vigente al momento de la perpetración del hecho”.
Sostuvo también que la mencionada ley podría ser invocada únicamente si implicara un sistema punitivo más benigno para los imputados, cuestión que rechazó.
“Ha quedado palmariamente de manifiesto que al momento de la decisión ejecutiva existió voluntad y decisión de los encausados de incurrir en las figuras delictuales que se les atribuyen”, sentenció.