El duelo, que iba ganando 3-1 el equipo carbonero, se dio por suspendido antes de tiempo luego de que los parciales visitantes generaran una serie de disturbios que impidieron su continuidad a los 62 minutos de juego.
Ante ello, y tras estudiar lo sucedido, la Comisión Disciplinaria decidió:
“1.º- Determinar la existencia de responsabilidad objetiva de parte del Club Atlético Cerro.
2.º- Dejar sin efecto la medida cautelar dispuesta oportunamente.
3.º- Dar por concluido el partido en disputa y mantener el resultado que se estaba dando hasta el momento de la suspensión.
4.º- Imponer al Club Atlético Cerro una sanción consistente en la pérdida de los tres puntos en disputa con el Club Atlético Peñarol y la pérdida de un punto, el que será descontado del torneo en disputa.
5.º- Imponer al Club Atlético Cerro una sanción consistente en la obligación de jugar como locatario a puertas cerradas por el término de 4 (cuatro) partidos, sin perjuicio de la salvedad que se dirá en el numeral siguiente del presente fallo.
6.º- Se sugiere y faculta a la Mesa Ejecutiva al amparo de lo dispuesto por el articulo 5.2 in fine del Código Disciplinario, la adopción de medidas conducentes a la no afectación de derechos de terceras instituciones que se enfrenten al sancionado durante el cumplimiento de la pena dispuesta".
La sanción complica a Cerro sobre todo en su lucha por la permanencia. Cerro pasará de tener 14 puntos a 13 y se mantiene en zona de descenso directo, ahora con peor promedio.