La justicia argentina dictó el procesamiento de cinco personas sospechadas de formar parte de una organización criminal dedicada a falsificar pruebas en juicios por crímenes de lesa humanidad y expedientes ligados a reclamos por leyes reparatorias. Uno de ellos impostaba su identidad y se hacía pasar por un hijo de desaparecidos para lograr el cobro de las reparaciones pensadas desde el Estado para las víctimas y familiares de la última dictadura militar.
Hacete socio para acceder a este contenido
Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.
ASOCIARMECaras y Caretas Diario
En tu email todos los días
El presunto organizador de esta banda sería Adrián Martínez Moreira, quien fue procesado penalmente por ejercer ese rol dentro de la asociación ilícita y por otras clases de delito como falso testimonio, fraude a la administración pública en 62 hechos y estafa.
Se lo acusa entre otras cosas de presentarse bajo una falsa identidad como hijo de una pareja militante del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) argentino que había sido secuestrada en Paraguay durante la última dictadura de ese país. También se hacía pasar como un facilitador o gestor de trámites administrativos ligados a las políticas estatales de reparación.
A su vez, el juzgado federal 5 porteño, encabezado por la jueza María Eugenia Capuchetti, por medio de una resolución dictada este miércoles ordenó el procesamiento del abogado Omar Enrique Ramón García, de Leticia Concepción Gaete, Nicole Carolina Garrido Piris y Susana Claudia Feldman. Todos sospechados de participar como supuestos integrantes de la organización criminal dedicada a defraudar al Estado.
Según fuentes oficiales, la causa en curso investiga diferentes hechos realizados por esta asociación tendientes a conseguir beneficios económicos a través de ciertas falsedades. De acuerdo a las actuaciones del caso, que motorizó la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos (AEDD), sus integrantes se presentaban en diferentes causas judiciales por crímenes de lesa humanidad a través de denuncias y múltiples pruebas falsas.
Hacían lo mismo también en expedientes administrativos relacionados al cobro de indemnizaciones fijadas en las distintas leyes de carácter reparatorio por graves violaciones a los derechos humanos.
El delito de asociación ilícita está sancionado en el Código Penal por menoscabar el “orden público” y conlleva una pena de entre tres a diez años de prisión para todo aquel que “tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación”. Por su parte, para los jefes u organizadores de la banda el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión.