Hacete socio para acceder a este contenido

Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.

ASOCIARME
Política Soriano | Besozzi |

Desapareció

Intendente de Soriano denunció al alcalde de Dolores por faltante de dinero

El actual intendente de Soriano denunció en Fiscalía la falta de $150.000 en la Alcaldía de Villa Soriano.

Suscribite

Caras y Caretas Diario

En tu email todos los días

El actual intendente de Soriano, Ruben Valentín, denunció a la Fiscalía un faltante de 150 mil pesos en la Alcaldía de Villa Soriano. La decisión del jefe comunal diferencia lo hecho por el intendente electo Guillermo Besozzi, quien está imputado por omisión de denunciar delitos.

Mientras, la jueza Ximena Menchaca comunicó a Caras y Caretas que se apartará de la ley y no comunicará al Poder Judicial la formalización ni de Besozzi ni de ninguno de los jerarcas que atentaron contra la administración pública.

En Soriano no dan las cuentas

Durante las conversaciones telefónicas registradas en el marco de la investigación al intendente de Soriano Guillermo Besozzi, se verifica una directiva por parte del secretario general Daniel Gastán al auditor Germán Cavallero para que haga un arqueo en la Alcaldía de Villa Dolores luego de conocerse un faltante de 150.000 pesos. Besozzi dijo en la conversación grabada que constató “ese faltante de dinero en la alcaldía de Dolores así como otras irregularidades surgidas de la auditoría”, y manifestó “no saber qué medidas tomar con el tutor de Villa Dolores, quien fue designado por su orden”. Luego de haber comprobado este asunto, Besozzi no denunció el faltante del dinero mencionado. En la conversación, Cavallero le pregunta a Gastán cómo está para hacer un arqueo de Villa Soriano y Agraciada, porque les dicen que habría menos plata en Villa Soriano de la que debería haber. Ante esto, el auditor Germán Cavallero le contesta que irá el martes o el lunes, y Gastán agrega que haga Agraciada también, un poco para “tapar el ojo”.

Como se recordará, Besozzi debe responder como autor del delito de peculado, tráfico de influencias, concusión, abuso de funciones, cohecho calificado y omisión de denunciar delitos. Precisamente por este último delito, vinculado al faltante de 150 mil pesos en la Alcaldía de Villa Soriano, según conoció Caras y Caretas recientemente, el actual intendente, Ruben Valentín, resolvió denunciar el hecho ante la Fiscalía de Soriano. En tanto, mientras la investigación continúa, la jueza Ximena Menchaca ya resolvió no cumplir con el artículo 266.6 del Código de Proceso Penal que refiere a la suspensión de la ciudadanía. La jueza Menchaca, quien formalizó la causa de Besozzi en marzo pasado, dijo a Caras y Caretas que no elevará al Poder Judicial la confirmación de la formalización de Besozzi. Por tanto, su ciudadanía no se verá suspendida.

Un artículo vigente y la Constitución

Para que a una persona imputada de un delito sobre la que pueden recaer más de dos años de cárcel se le suspenda la ciudadanía, se necesita que la Justicia de primera instancia comunique esa situación judicial al Poder Judicial para que luego se transmita ante la Corte Electoral. Caras y Caretas consultó a la jueza de Soriano Menchaca si se ofició al Poder Judicial la situación del intendente de Soriano Guillermo Besozzi y del resto de los jerarcas imputados por delitos vinculados a la administración pública. Menchaca comunicó a este medio que desde su juzgado no trasmitirá la confirmación de la formalización de ninguno de los imputados funcionarios de la Intendencia de Soriano.

Menchaca explicó brevemente que entiende que el artículo del Código de Proceso Penal que ordena al juez de primera instancia comunicar al Poder Judicial la situación de una persona formalizada —sobre la que pueda recaer pena de penitenciaría— corresponde cuando la persona fue condenada. ¿Pero si en el artículo 266.6 del CPP se visualiza que trata de la formalización y no de la condena, ¿cómo se puede afirmar ese extremo? La respuesta fue que “no es de uso aplicar ese artículo en la etapa de formalización”. Caras y Caretas consultó a jueces de primera instancia para conocer si hacen lo que Menchaca respondió o si cumplen con el artículo 266.6 del Código de Proceso Penal. La contestación de los jueces no fue unánime, pero la práctica actual que existe por parte de magistrados acerca del trámite de suspensión de ciudadanía es que los magistrados efectivamente comunican al Poder Judicial para que, a su vez, éste oficie la notificación a la Corte Electoral. Al mismo tiempo existe la circular N.° 81/2015 de la Suprema Corte de Justicia que dispone que los juzgados de primera instancia deben comunicar las formalizaciones que puedan incluir pena de más de 2 años de cárcel o pena de penitenciaría. Caras y Caretas consultó a jueces penales de primera instancia con respecto al artículo 266.6 del Código de Proceso Penal y su vinculación con el artículo 80.2 de la Constitución. El primero de los artículos que obliga a los jueces de primera instancia a comunicar al Poder Judicial la formalización de una persona que pueda ser castigada con pena de penitenciaría dice textualmente: “La formalización de la investigación aparejará la sujeción del imputado al proceso y dará comienzo al sumario. Cuando se produzca en causa en la que pueda recaer pena de penitenciaría, tendrá el efecto previsto en el artículo 80 de la Constitución de la República”. ¿Y qué dice la Carta Magna? “La ciudadanía se suspende por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría”.

La respuesta de los jueces de primera instancia consultados por Caras y Caretas desdice a la jueza Ximena Menchaca de Soriano, quien respondió aludiendo a que la no comunicación a la Corte Electoral es una acción común a todos los magistrados. En su respuesta reconoció que el artículo 266 —que establece distintos aspectos de la formalización bajo el CPP— existe y está vigente pero informó que no es de uso aplicarlo. Sin embargo, luego de la consulta de Caras y Caretas entre jueces penales de primera instancia, se indicó que “los jueces estamos notificando para que se oficie a la Corte Electoral sobre las formalizaciones en las que pueda recaer pena de penitenciaría. No es una acción común no comunicar al Poder Judicial en estas circunstancias”, indicaron los consultados.

El caso Besozzi

En tanto, como ya informara Caras y Caretas, la defensa de Besozzi planteará ante la jueza Menchaca levantar la medida cautelar que dispuso el no acercamiento a la Intendencia ni a ninguna de sus reparticiones a menos de 200 metros, porque de lo contrario ni siquiera podrá asistir a su lugar de trabajo confirmado tras las elecciones departamentales, cuando el intendente resultó reelecto. Se basarán —según supo este medio— en que la fiscal Charline Ferreyra no solicitó ningún tipo de documentación a la Intendencia desde que Besozzi fue formalizado, ni siquiera sobre la auditoría referida al faltante de dinero en la alcaldía de Villa Soriano. Por tanto, señalan sus abogados, la medida de no acercamiento decretada por la jueza Menchaca no tiene sentido.

Dejá tu comentario

Forma parte de los que luchamos por la libertad de información.

Hacete socio de Caras y Caretas y ayudanos a seguir mostrando lo que nadie te muestra.

HACETE SOCIO