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Justicia

Suprema Corte de Justicia falló a favor del BROU en caso Pluna

La sentencia del tribunal superior es inapelable. Ahora, el empresario argentino López Mena deberá pagar los 7 millones de dólares que restan del aval a la empresa Cosmo.

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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) falló a favor del Banco República (BROU) en el caso del aval de la empresa Cosmo, tras la fallida subasta de los aviones de la empresa de bandera uruguaya, Pluna, en 2012, según informó El País.

Los orígenes del caso

En aquella oportunidad, la condición para presentarse a la subasta de siete aviones de Pluna, era contar con un aval de un banco uruguayo. El empresario argentino Juan Carlos López Mena fue quien gestionó ante el BROU el aval (más de 13 millones de dólares) para la empresa Cosmo.

La compañía española fue la única oferente en el remate, el 1º de octubre de 2012. El representante de Cosmo, Hernán Antonio Calvo Sánchez, resultó ser un anterior colaborador de López Mena. Cuando se hizo pública esta relación, Sánchez alegó no tener el dinero ofertado en la subasta y desistió de la compra.

De esta forma, el Banco República procedió a pagar el aval de más de 13 millones de dólares y reclamó posteriormente el pago a la aseguradora argentina Boston, garante del aval solicitado por Cosmo.

Ante la negativa de la aseguradora de hacerse cargo del pago, López Mena llegó a un acuerdo con el BROU para pagar en cuotas los casi U$S 14 millones.

Demanda al BROU

En 2014, la SCJ declaró inconstitucional algunos artículos de la ley que había creado el fideicomiso al que se volcarían los fondos recaudados por el remate de los aviones. Ante esta decisión, el empresario argentino demandó al BROU la devolución de los montos que había pagado en ese momento y la suspensión de los futuros pagos. El argumento de López Mena se basaba en que la declaración de inconstitucionalidad de la SCJ implicaba la nulidad de la subasta.

El 19 de febrero de 2019, el juez Civil Gúzman López Montemurro amparó en parte las demandas del dueño de Buquebus y condenó al BROU a devolver las sumas abonadas (con intereses) por López Mena. Un año después, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1º Turno hizo ratificó la condena y ordenó al banco a pagar aproximadamente 10 millones de dólares. El BROU por su parte presentó un recurso de casación ante el máximo órgano de la Justicia.

Sentencia inapelable

Finalmente, en el día de ayer, la SCJ contradijo las sentencias anteriores y dio la razón al BROU en el litigio. Ya que la sentencia es definitiva e inapelable, López Mena deberá abonar los 7 millones de dólares restante del aval.

Al conocerse la noticia, Salvador Ferrer, presidente del BROU dijo en declaraciones al El País que con la sentencia se “cierra un capítulo complejo” para el banco, “sin ningún perjuicio económico” para el mismo.

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