Los ex militares Caubarrère, Méndez, Legnani, y Grignoli fueron acusados de torturar a militantes del Movimiento de Liberación Nacional – Tupamaros (MLN-T) y al abogado Alejandro Artucio en el año 1972, previo a la dictadura cívico-miliar. Los hechos sucedieron en el Batallón de Infantería Nº 1 ( Florida).
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Según información publicada en LaRed21, la audiencia para determinar el procesamiento con prisión de los acusados estaba pautada para el pasado miércoles 29, pero los abogados de los ex militares presentaron una excepción de prescripción de los delitos y otra de inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley 17.897. Este recurso establece que “el Juez podrá disponer la prisión domiciliaria de personas procesadas o condenadas mayores de 70 años, cuando ello no involucre riesgos, considerando especialmente las circunstancias del delito cometido”. Disposición que “no será aplicable a los procesados y condenados que hayan cometido los delitos previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y de homicidio y violación”.
Ante este hecho, el juez suspendió las actuaciones y elevó los recursos presentados a la Suprema Corte de Justicia para que resuelva sobre las excepciones. Si este organismo no aceptara el recurso presentado por la defensa, el caso volver[a a consideración del juez, quien estará en condiciones de resolver el caso.
Organizaciones de derechos humanos se pronunciaron sobre este tema, manifestando que el planteo de la defensa de los militares retirados es una “dilatoria” y una “burla a las víctimas y a la Justicia”.