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Ya se puede justificar el no voto: todos los detalles

Quienes no hayan votado en el referéndum del 27 de marzo y estuvieran habilitados para hacerlo, deben justificar el no voto para evitar la multa.

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Quedó habilitado el servicio de la Corte Electoral para justificar el no voto en el referéndum de 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC). Quienes estuvieran en el padrón electoral y no hayan votado, podrán justificarlo en la web.

El plazo para la presentación de solicitudes va desde hoy 29 de marzo hasta el 27 de abril de 2022.

El formulario de la corte solicita serie y número de credencial, nombre completo, teléfono, correo electrónico y motivo. Los motivos válidos para el no voto son: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida el día de la elección concurrir a la Comisión Receptora de Votos; hallarse fuera del país; razones de fuerza mayor.

Documentación requerida

  • Justificativo médico. Certificado médico o certificado expedido por un establecimiento asistencial o de asilo. Se deben adjuntar hasta tres imágenes, los archivos no pueden superar los 6MB. En el caso de los certificados de prestadores privados de salud, el documento debe venir con timbre profesional.
  • Hallarse fuera del país. Adjuntar certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte sellado o pasajes. Hay que indicar la fecha de ingreso al país. Las personas con residencia en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección para acreditar hallarse en el exterior.
  • Razones de fuera mayor. Si se selecciona esta opción el sistema despliega un nuevo cuadro de texto llamado «manifiesta» en el que la persona tiene que explicar por qué no pudo ir a votar. También puede, aunque no debe, agregar documentación de prueba.

Multa por no voto

Quienes no hayan votado y no justifiquen ese accionar deberán pagar una multa cuyo monto será equivalente al de una unidad reajustable, $ 1.428. Se duplicará cuando los omisos sean funcionarios públicos o tengan la calidad de profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República. El pago de las multas se tramitará en la pagina web de la Corte Electoral.

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