Finalmente la Cámara de Diputados aprobó el controvertido artículo 15 de la Rendición de Cuentas. Lo hizo gracias al voto del diputado colorado Fernando Amado, el que fue duramente increpado desde las barras al grito de «traidor», por los trabajadores judiciales que presenciaban el momento de la votación. La normativa en cuestión, quedó redactada de la siguiente manera: «El Poder Ejecutivo podrá comprometer gastos de funcionamiento o inversiones sin que exista crédito disponible, cuando se trate de incumplimiento de sentencias judiciales, lauros arbitrales, o situaciones derivadas de lo establecido en los artículos 24 y 25 de la Constitución de la República». A esto se agrega: «No obstante, cuando los montos a que refiera la condena sean sentencias laborales, civiles o de cualquier otra naturaleza, transacción homologada o laudo arbitral, excedan de 75.000.000 unidades indexadas (setenta y cinco millones de unidades indexadas), el Poder Ejecutivo podrá hacer uso de la facultad establecida precedentemente o proponer las previsiones correspondientes en la próxima instancia presupuestal, a fin de atender el pago de las erogaciones resultantes. Una vez aprobado el Presupuesto o la Rendición de Cuentas en su caso, con las previsiones referidas, la cancelación del crédito se realizará dentro del ejercicio siguiente».
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