Hacete socio para acceder a este contenido

Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.

ASOCIARME

Brasil: Ordenan liberación de Lula; Sergio Moro rehusa dar cumplimiento y se confronta desobediencia

La Justicia Federal de Brasil acató este domingo el hábeas corpus presentado el viernes por tres diputados del Partido de los Trabajadores (PT), en el que pedían que el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva fuera liberado por no haber fundamento jurídico para su detención.

Suscribite

Caras y Caretas Diario

En tu email todos los días

El recurso fue concedido por el juez de segunda instancia del Tribunal Regional Federal de la 4ta región, Rogério Favreto, y suspende la ejecución de la pena de 12 años . La decisión  se tomó este domingo, por parte del  (TRF-4), con sede en Porto Alegre.

Al enterarse el juez Sergio Moro se rehusa a cumplir orden y a traves de Gebran Neto, su aliado,  se intenté revocar la decisión del Tribunal Regional Federal de la 4ta región.

Inmediatamente se ordenó un nuevo despacho por parte del TRF-4 indicando que se debe cumplir la decisión de inmediato y advirtiendo que si no se cumple con la libertad determinada se estaría desobedeciendo una orden judicial, con la responsabilidad que eso conlleva.

El expresidente Lula esta preso desde el 7 de abril de este año en Curitiba, condenado en el proceso del triplex, en el marco de la Operación Lava Jato, por corrupción pasiva y lavado de dinero.

El despacho determina la suspensión de la ejecución provisional de la pena y la libertad de Lula.

«Cumplir en régimen de URGENCIA en esta fecha mediante presentación del Permiso de libertad o de este orden a cualquier autoridad policial presente en la sede de la carcelación de la Superintendencia de la Policía Federal en Curitiba, donde se encuentra recluido el prisionero», dice un trecho de la decisión.

Entre las razones que el juzgado da para la liberación de Lula está la salvaguarda de sus derechos políticos: “La ilegal e inconstitucional ejecución provisional de la pena impuesta al ex presidente Lula no puede castigar sus derechos políticos, tampoco restringir el derecho a los actos inherentes a la condición de pre-candidato al cargo de Presidente de la República”, señala el magistrado. Y prosigue en la justificación de la medida: “Además de la imposición del precepto fundamental de presunción de inocencia, se debe reconocer la existencia de plausibilidad jurídica en los argumentos defensivos respecto de la asimetría de la pena impuesta al paciente, así como de la condena de los crímenes de corrupción pasiva y de lavado de dinero. Y la propia admisibilidad del Recurso Especial ya indica la posibilidad de revisión de la decisión, sea plena (absolución), reducción parcial de la condena o simplemente disminución de las penas aplicadas, que pueden implicar inmediata puesta en libertad”.

Dejá tu comentario

Forma parte de los que luchamos por la libertad de información.

Hacete socio de Caras y Caretas y ayudanos a seguir mostrando lo que nadie te muestra.

HACETE SOCIO