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Corte Electoral reiteró prohibiciones que rigen durante la veda

Reitera la Corte que la veda rige hasta terminado el acto electoral, o sea el domingo a las 20 y 30.

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La Corte Electoral emitió las recomendaciones que rigen durante la veda de 48 horas previa al acto eleccionario del domingo. Recuerda que desde la hora 0 del viernes “debe cesar necesariamente la propaganda proselitista en la vía pública o que se oiga o perciba desde ella, en los medios de difusión escrita radial o televisiva, así como la difusión de resultados de encuestas o consultas o cualquier tipo de manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la ciudadanía”. La prohibición rige hasta la hora 20 y 30 del domingo.

Agrega que durante el horario en que se realice la elección, no podrán efectuarse espectáculos públicos y a partir de las l9:30 horas del sábado hasta la clausura de la votación no podrán expenderse bebidas alcohólicas.

“Queda igualmente prohibido a toda autoridad pública intervenir en el acto electoral para coartar, impedir o alterar la libertad de la votación, mediante la influencia de sus cargos o la utilización de los medios de que estuvieran provistas sus reparticiones”, agrega la Corte.