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Política

Diputados vota por unanimidad Registro del Personal de Salud

El proyecto presentado por el Frente Amplio fue aprobado en primera instancia por la Comisión de Salud de Diputados y luego por el Plenario, estableciendo la incorporación del registro al personal que trabaja en los Establecimientos de larga Estadía. Ahora pasa al senado para su tratamiento.

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Por unanimidad la Cámara de diputados votó un proyecto de ley que amplía el Registro del Personal de Salud. El texto del proyecto fundamenta que «nos parece de justicia incluir en los beneficios de la mencionada ley de vital importancia que los trabajadores -término que concebimos en el sentido más amplio y abarcativo de las diferentes categorías- de los Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEPEM) y de hogares de personas con discapacidad, cuenten con idénticos beneficios que los demás comprendidos en las disposiciones de la Ley Nº 19.873″.

Dicha Ley aprobada en abril del 2020 propone la elaboraciçon de un registro de los trabajadores de la salud a fin de poder tutelar derechos».

En ese sentido la diputada frentamplista Lucía Etcheverry se referia al fundamento del proyecto en el sentido de que «todos  los trabajadores del país, pero en especial los trabajadores del sector salud en sentido amplio, están experimentando cambios acelerados de las condiciones de trabajo. Todos los sectores de actividad han tenido que realizar modificaciones en sus esquemas de modo de adaptar las prácticas de trabajo a la realidad mundial que impone la pandemia. Los trabajadores de la salud son un factor clave para sobrellevar con cierto éxito la misma y el país debe realizar los máximos esfuerzos por brindar cobertura a los ciudadanos dedicados a la tarea de cuidado en salud en cualquiera de sus formas».

El proyecto pasó a sala con la firma de todos los miembros de la Comisión de Salud que integran Lucía Etcheverry (miembro informante), Alfredo de Mattos, Cristina Lústemberg,  Silvana perez y Nibia Reisch.

El proyecto ahora pasará al senado para su sanción definitiva y consta de tres artículos.

Artículo 1°.- Incorpórase al Registro creado por el artículo 1º de la Ley Nº 19.873, de 3 de abril de 2020 al personal dependiente de los Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEPEM) y hogares de larga estadía que atiendan personas con discapacidad, persigan éstos o no fines de lucro. Quedarán comprendidos en las presentes disposiciones el personal de limpieza, mantenimiento y otros servicios conexos, aún cuando tengan relación de dependencia con otra empresa. Artículo 2°.- Establécese que durante el período de vigencia de emergencia sanitaria nacional declarada por el Poder Ejecutivo, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones de la Ley Nº 16.074, de 10 de octubre de 1989, los trabajadores comprendidos en el artículo anterior de la presente ley, afectados por la enfermedad COVID-19, o que hayan estado en contacto con un paciente portador de la misma, percibirán el 100% (cien por ciento) de su salario, de acuerdo a la reglamentación que a tal efecto dicte el Poder Ejecutivo. Artículo 3°.- En todos los casos, la asistencia médica y su costo, estará a cargo del prestador integral de salud del que sea afiliado el trabajador afectado.

 

 

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