Ante la ocupación de un centro de trabajo, tanto público como privado, el Poder Ejecutivo podrá disponer su desalojo mediante el empleo de la fuerza pública. Así lo establece el decreto firmado este viernes por el presidente Luis Lacalle Pou y el ministro de Trabajo, Pablo Mieres, que deroga las normas existentes en la materia.
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La norma se extiende a quienes no son trabajadores del lugar ocupado y deja abierto un criterio muy amplio al señalar que en la categoría de lugar ocupado entran cualquier “dependencia, empresa, institución o establecimiento ocupado”.
El decreto establece en su artículo 1 que “ante una ocupación por parte de trabajadores de una dependencia pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de ésta, o de una empresa o institución privada, el jerarca o empleador podrá solicitar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social su intervención”.
Agrega que el MTSS “podrá convocar a una instancia de conciliación en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupación en forma inmediata, bajo apercibimiento del uso de la fuerza pública”.
“De persistir la ocupación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solicitará al Ministerio del Interior el desalojo inmediato de los ocupantes”, indica.
Por el artículo 3 se establece que “idéntico procedimiento se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionarios o empleados de la dependencia, empresa, institución o establecimiento ocupado”.