El juez Nelson dos Santos desestimó el pedido de clausura del expediente por prescripción de la causa que investiga la desaparición de la maestra Elena Quinteros.
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Para Dos Santos, la desaparición de Elena Quinteros es un crimen de lesa humanidad, por lo que no corren plazos de prescripción, tal como define la Ley 17.347, que ratifica la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad de Naciones Unidad aprobada en noviembre de 1968.
En la resolución se hace referencia al principio pro homine como un criterio propio del derecho internacional de los derechos humanos «en virtud del cual se debe acudir a la norma más amplia o a la interpretación más extensiva cuando se trata de reconocer derechos protegidos».
Concretamente, la solicitud de prescripción estuvo dirigida a la investigación de los siguientes indagados: Guido Michelin Salomón, Rubely y Pereyra Seguesa, Juan Carlos Larcebeau y Jorge Silveira, Ernesto Ramas y Antranig Ohannessian, Ramón Rodríguez de Armas, Omar Lacasa Antelo y Rudyard Scioscia, Mario Cola, Eduardo Vaccaro y Fredy de Castro, Mario Aguerrond, Walter Mesa, Raúl Blanco, Gustavo Cadarso, Juan Manuel Pagola y Sergio Caubarrere, Walter Hugo Villanueva, José Gavazzo, Mario Frachelle, Juan José Pioli, Pablo Nelson Ulrich, Tomás Martín Medina, Washington Estevez y Pablo Zamarripa.
Todos ellos son exmilitares menos Michelin Salomón. Este es el único civil ya que formaba parte del cuerpo diplomático de la dictadura. Salomón está como indagado porque el arresto de Quintero fue dentro de la embajada de Venezuela lo que generó un conflicto diplomático y tuvo que intervenir la Cancillería, que estaba a cargo en ese momento de Juan Carlos Blanco.