La Intendencia de Canelones decidió profundizar la política de gestión de residuos sólidos y de limpieza, con el envío de un proyecto a la Junta Departamental. “La presente Ordenanza tiene como objeto establecer el marco normativo que regula las actividades relacionadas a la generación, recolección, transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos y a la limpieza pública, a ser incluidas en el Plan Departamental de Gestión de Residuos y Limpieza Pública de Canelones”, señala el proyecto. Allí se encuentra todo el marco normativo referido a la recolección y de manejo de los residuos sólidos en el departamento, así como las obligaciones de la Intendencia, de las personas y las empresas en el cuidado del espacio público. Además, se plantea una serie de normas de cuidado y de protección del medio ambiente. En este marco, el capítulo 7 de la ordenanza refiere a Fiscalización y Penalidades, y otorga a la Intendencia la posibilidad de aplicar multas de hasta 100 Unidades Reajustables (UR) por la violación de la normas de limpieza. Pero particularmente, se habilita la aplicación de multas a los particulares con su cédula de identidad, según el documento al que accedió Caras y Caretas Portal. El proyecto establece seis infracciones pasibles de multa. En este sentido, la comuna podrá multar por el vertido de residuos de cualquier característica y tipo en la vía o espacio públicos (hasta 50 UR cada incidencia) y por la falta de mantenimiento de veredas y predios privados, así como manipulación de residuos en la vía pública, quema y afectación en general de la higiene en el espacio público o privado (hasta 50 UR cada incidencia). También podrá aplicar una sanción económica por “el no acatamiento a lo establecido en materia de uso de los servicios de gestión de residuos de la Intendencia de Canelones y acondicionamiento de los residuos” (hasta 30 UR cada incidencia) o por “el incumplimiento en lo establecido para las condiciones de disposición y uso de servicios de gestión de residuos para los generadores no domiciliarios, tanto en lo operativo como de documentación” (hasta 70 UR cada incidencia) Otra infracción que se pretende sancionar es “la gestión y/o transporte particular de residuos en malas condiciones tanto operativas como de documentación (con multas de asta 70 UR por incumplimiento). La última infracción refiere al daño ambiental provocado por cualquier persona u organización pública o privada; esta es la que conlleva la multa más alta (hasta 100 UR). “La graduación en el monto a aplicar de sanción según la tabla precedente, será teniendo en cuenta el tipo de incidente, el carácter de reincidente del infractor, así como la gravedad del mismo y su afectación”. En caso de reincidencia o gravedad en la infracción, además de la sanción económica, la Intendencia podrá “suspender temporaria o definitivamente la habilitación a gestores y generadores particulares de residuos, el servicio de gestión de residuos a generadores no domiciliarios, y/o el reconocimiento y estímulo a generadores y grupos de generadores”, dice el texto. En tanto, el artículo 56 establece que “en caso que, desde el punto de vista técnico, se considera un daño ambiental provocado por cualquier persona u organización pública o privada, el infractor deberá realizar las acciones de remediación del daño a su total costo, de acuerdo a las directivas y plazos que indique la Intendencia de Canelones. En caso de no realizarse las acciones en el tiempo y/o la forma definidos, se reiterará la multa establecida para la infracción en cuestión y se establecerán nuevos plazos para concretar las acciones dispuestas”. “El valor de la multa por daño ambiental podrá ser mayor a 100 UR, mediante aprobación de la Junta Departamental”, afirma. Sin embargo, uno de los aspectos más novedosos del proyecto implica la potestad de la Intendencia de aplicar multas a las personas. “Se podrá sancionar a infractores en carácter individual, identificados mediante documento de identidad, así como a propietarios de vehículos y bienes inmuebles, cargándose las multas en la patente y contribución inmobiliaria, respectivamente”, dice el texto. En este sentido, el director de Gestión Ambiental de la Intendencia, Leonardo Herou, explicó -en una reunión con periodistas- que la normativa apunta a hacer más efectivos los controles contra los infractores de la normativa ambiental y de cuidado de los espacios públicos. Dijo que las tareas de control se realizarán en conjunto con la Jefatura de Policía de Canelones, ya que está es la única autoridad que le puede requerir la cédula de identidad a una persona. Preguntado sobre cómo se efectivizará el cobro de la multa -teniendo en cuenta que esta no se computará en ningún tributo departamental-, Herou señaló la posibilidad de enviar al clering a quienes no paguen la multa o, incluso, iniciar una demanda civil para el cumplimiento de la obligación. El jerarca indicó que los servicios jurídicos de la Intendencia plantearon que esta posibilidad no violenta ninguna disposición legal. Fondo verde El artículo 59 del proyecto establece la forma en que se distribuirá el monto de las multas aplicadas. “Las multas se distribuirán de la siguiente forma: 50% para los inspectores actuantes y 50% para el ‘fondo verde’ a cargo de la Dirección General de Gestión Ambiental de la Intendencia de Canelones el cual tiene como destino financiar las distintas acciones ambientales llevadas adelante por la mencionada Dirección”.
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