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LA LUC COMO RETROCESO

Mariana Mota: Los derechos humanos y la LUC

La directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) fue entrevistada en el programa Legítima Defensa acerca de la posición de la Institución sobre las innovaciones que plantea la LUC en materia de derechos humanos.

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El viernes 12 de junio, la doctora Mariana Mota, directora de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo  (INDDH) estuvo en el programa Legítima Defensa, donde expuso la posición de la INDDHH sobre la Ley de Urgente Consideración (LUC).

Mariana Mota dijo que la Institución ya había presentado ante la Comisión del Senado un primer informe sobre la LUC, en estrecha asociación con la afectación de los derechos humanos contenida en su texto. A este informe siguió otro sobre los derechos económicos, sociales y culturales que podría vulnerar la ley.

El 22 de junio, la INDDHH volverá a informar sobre el tema ante la Comisión que lo trata en la Cámara de Representantes.

De acuerdo a Mota, la Institución está preocupada por el incremento de penas y algunas nuevas figuras delictivas instituidas por la LUC (particularmente en el sistema penal juvenil), así como por la restricción de beneficios liberatorios, tanto para adultos como para adolescentes. También se refirió al otorgamiento de mayores facultades a la policía en el ejercicio de sus funciones.

En otra área, la INDDHH cuestiona la nueva formulación de sistema de Inteligencia, que por un lado impide el acceso a la información y por otro concentra el secreto de la misma en la figura del presidente.

En el capítulo referido al derecho de huelga, de expresión, de reunión, de expresión y de participación de las personas, la INDDHH también advierte sobre las severas restricciones contenidas en la ley.

Luego, la ex magistrada, se refirió a la nueva ley de desalojos, que modifica y liberaliza tanto los plazos de los contratos de alquiler, como los precios de los mismos, dejándolos librados al juego de la oferta y la demanda, así como las condiciones para el abandono de la vivienda.

Completando esta visión general, Mariana Mota mencionó la creación del Ministerio de Medio Ambiente, al que el INDDHH ve con buenos ojos, pese a advertir en el tema retrocesos preocupantes.

Pero lo que es motivo de especial preocupación para la Institución es que en algunos de los artículos de la LUC, Uruguay entra en conflicto con tratados internacionales que ha suscrito y que se comprometió a cumplir. Esto es, que una vez que se llega a un determinado standard de derechos humanos, no se puede disminuir la regla y volver al estado anterior.

Esto se aplica particularmente a la ampliación del recurso de legítima defensa. La misma habilita a que el ciudadano puede utilizarla cuando hay un peligro inminente, en la que no hay otra manera de repeler la agresión. Además, los medios utilizados deben ser estrictamente proporcionales al daño que se intenta repeler y debe existir inmediatez en la reacción.

Sin embargo, en la LUC la defensa de la propiedad pasa a tener un plus, en el que el uso de la violencia para defender el derecho de propiedad se jerarquiza en relación al derecho a la vida.

Se pierde también el principio de inmediatez. Es decir, que cuando el peligro inminente haya cesado es preciso recurrir a los organismos del Estado. Pero en el nuevo concepto de legítima defensa, la misma se extiende más allá de los límites de inminente peligro, lo que habilita las represalias o la justicia por mano propia.

Esta innovación puede llevar a que Uruguay sea enviado a la Comisión de DD.HH. de las Naciones Unidas (ONU) por contravenir lo que ya ha suscrito en el Pacto de Derechos Humanos y Políticos, regresando a estadios previos a esa normativa.

Esos aspectos, tanto como el aumento de la discrecionalidad en el uso de la fuerza por parte del Estado y la policía, fueron observados por tres relatores especiales de la ONU, respectivamente especializados en libertad de expresión, ejecuciones extrajudiciales y derecho de reunión y asociación. Los tres fueron unánimes en que Uruguay debe quitar esos artículos de la LUC. En su defecto, será emplazado por la Comisión de DD.HH. de la ONU por no cumplir con los acuerdos que ha firmado en la materia.

 

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