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Política

Nueva Ley Orgánica Militar concede derechos al personal subalterno

La nueva ley elimina todos los resabios de la Doctrina de la Seguridad Nacional.

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El ministro de Defensa Nacional José Bayardi destacó que ahora el
personal subalterno de las Fuerzas Armadas cuenta con derechos sociales y laborales garantizados por la nueva Ley Orgánica Militar, que deroga la norma instalada por la última dictadura que rigió en Uruguay entre 1973 y 1985.

Bayardi enfatizó de forma muy especial que el sujeto central de la misión militar fundamental es la población, a diferencia de la ley de 1974, en la cual parte de la población podía ser consideraba como un enemigo en materia del Estado.

Sostuvo que la ley reconstruyó la organización pirámide de funcionarios militares. Con el concepto anterior, los puestos más altos de la estructura estaban muy desarrollados, a diferencia de las bases de la orgánica. La reforma disminuye la cantidad de generales de 30 a 27 y la totalidad de coroneles de 331 a 266. No modifica la cantidad de militares subalternos, solamente de oficiales generales y superiores. A la fecha hay un total de 26.940 efectivos militares.

Agregó que los ascensos se ajustarán a las vacantes que existan. Por otra parte, aquellos que demuestren mayor capacidad a lo largo de la carrera serán ascendidos por la vía del concurso, que incluirá prueba y análisis de su antigüedad y legajo.

Esta ley consagra por primera vez que el poder disciplinario que se aplica por la voluntad de un superior quede sujeto a las garantías del debido proceso»

La primaria completa continuará como requisito para el ingreso como personal subalterno a las Fuerzas Armadas, pero el nuevo soldado deberá completar la educación media básica en ocho años, adelantó Bayardi. La ley incluye que las distintas fuerzas están obligadas a otorgar los instrumentos para mejorar la educación de su personal.

Ningún derecho social de los subalternos está derogado con esta normativa. Tampoco cuestiona ninguna prestación social ni acceso a servicio sanitario, ni al personal superior ni al subalterno. El servicio que otorga acceso a bienes y servicios a menor precio llamado “cantinas militares”, tampoco desaparecerá, la ley solamente dará marco normativo a esta actividad.

El secretario de Estado indicó que “esta ley consagra por primera vez que el poder disciplinario que se aplica por la voluntad de un superior quede sujeto a las garantías del debido proceso. Hasta el momento no había una forma de apelar las eventuales sanciones que se pudieran existir”, acotó.

La ley además consagra otro derecho laboral para el personal subalterno. El contrato dejará de ser anual y renovable. A partir de esta ley será de diez años. “Una vez que llegue a ese tiempo va a permanecer de hecho y no se podrá dar baja por no renovación, lo que era muchas veces una forma de sanción agregada a personal que había aportado por mucho tiempo a las fuerzas armadas”, agregó Bayardi.

Finalmente, se deroga el tema de los tribunales de honor por un tribunal de ética y conducta militar, confirmó Bayardi, que será reglamentado por su propio código sin cambiar la electividad de los mismos porque será el mismo personal quien elegirá la composición.

“Hay una superación de las garantías que tiene que ver con el poder sancionatorio administrador disciplinario y garantías con los propios tribunales, que muchas veces eran utilizados para tomar sanciones que no tenían nada que ver con la conducta militar”, expresó el ministro.

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