Hacete socio para acceder a este contenido

Para continuar, hacete socio de Caras y Caretas. Si ya formas parte de la comunidad, inicia sesión.

ASOCIARME
Economía

Que no falte el pan

Casinos del Estado explica gasto de desayuno

Cada vez se hace más evidente que los ajustes, los ahorros y las motosierras, son para los de afuera. Mientras tanto en el MEF se aprueban compras de desayunos y meriendas por 800.000 pesos. La Dirección de Casinos explicó el gasto.

Suscribite

Caras y Caretas Diario

En tu email todos los días

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el 4 de marzo pasado una compra por concepto de «servicio de desayuno / merienda», por un total de $880.000, según hizo público el portal LARED21.

Según se puede ver a través de la Agencia Reguladora de Compras del Estado (ARCE), bajo el consecutivo Compra por Excepción 54/2020, y aprobada bajo la resolución número 140/2021, el MEF dio el visto bueno al gasto que salió de la Dirección General de Casinos, que funciona en la órbita del MEF.

El acta, emitida por la Dirección General de Casinos, dice que el concepto de la compra es de «invitaciones de gerencia en sede de la Sala de Esparcimiento de Minas».

Según la publicación de LARED21 también se lee en el acta que «se autorizó la contratación del servicio de invitaciones de Gerencia con el proveedor que resulte adjudicatario del procedimiento de Bar y Cantina de dicho establecimiento, al amparo de excepción consagrada en el Artículo 33, Literal D) Numeral 3 del TOCAF».

La contratación corre por el periodo desde el 9 de junio de 2021 hasta el 8 de junio de 2022, y el monto total anualizado será de $880.000, equivalentes a casi US$20.000.

Ante los cuestionamientos en redes sociales por la última de las contrataciones, Casinos del Estado del Uruguay emitió un comunicado en el que explica que «dicha contratación no responde a ningún gasto realizado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)» sino que «responde a invitaciones de cortesía para realizar consumiciones en el Bar de la sala de juegos respectiva», por lo que «la Dirección General de Casinos posee una norma habilitante, que data del año 1998 a efectos de proceder con estas cortesías a sus clientes».

«La contratación específica se realiza al amparo de lo dispuesto por el artículo 33, literal D, numeral 3 del TOCAF, porque el concesionario del servicio de Bar posee la exclusividad para prestarlo dentro de cada establecimiento de juego, casino o sala de esparcimiento», agrega el comunicado.

Además, planteó que «la contratación del servicio de Bar se realiza mediante procedimientos competitivos de contratación, cuyo objeto es la concesión de dicho servicio, y en los respectivos Pliegos de Condiciones Particulares, que forman las bases de esos procedimientos públicos, se establece que el adjudicatario tendrá la exclusividad en su prestación por el período que también se establece en ese Pliego y que se le contratará un monto estimado máximo por año para realizar las invitaciones a los clientes, antes explicadas».

Dejá tu comentario

Forma parte de los que luchamos por la libertad de información.

Hacete socio de Caras y Caretas y ayudanos a seguir mostrando lo que nadie te muestra.

HACETE SOCIO