La Operación Océano es el caso de explotación sexual de menores más grande que llegó a la Justicia en Uruguay desde que entró en vigencia el nuevo Código del Proceso Penal (CPP), en 2017.
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Desde el primer semestre de 2020, cuando se informó que dieciséis hombres fueron formalizados por abuso y explotación sexual de menores, el caso conocido como Operación Océano estuvo en agenda. Más personas fueron formalizadas, hubo dilaciones, archivos clasificados, secretos, revictimización de las adolescentes involucradas y la fiscal a cargo, Darviña Viera, fue apartada del caso.
El ardor informativo de los primeros meses, con hitos y noticias constantes que avivaban el fuego, dio paso a un acostumbramiento indiferente. Otras noticias llegaron y tomaron el lugar de este caso, extenso y complejo por las características propias de un proceso judicial de su índole.
La Operación Océano es, sin dudas, uno de los temas del año. Por eso esta nota, que busca recopilar información que a veces se pierde en la marea de las noticias diarias, que busca captar la esencia de este caso que demuestra que la explotación sexual de menores es una problemática actual, compleja y organizada.
El caso
En junio de 2020 la fiscal Darviña Viera formalizó a dieciséis hombres por delitos vinculados a la explotación sexual de menores. Los imputados se contactaban con las víctimas a través de la página de avisos clasificados Locanto: «En este sitio web es habitual que se publiquen avisos de índole sexual comercial. Esta página ha sido utilizada por varios de los involucrados en esta operación», señaló la Fiscalía. En otros fragmentos de la solicitud se mencionaban también contactos concretados mediante Tinder, Badoo y WhatsApp.
La investigación comenzó a finales de 2019 tras una denuncia de abuso sexual, la desaparición de una adolescente y el hallazgo de su cuerpo. Durante ese proceso se supo que había una denuncia radicada en noviembre de 2019 contra Washington Balliva, exjuez de menores, por explotación sexual.
Durante la investigación incautaron un celular y a través de los mensajes constataron que la víctima estaba en contacto con varios hombres adultos. De acuerdo con el documento de la formalización, dentro de esos mensajes había «chats con los imputados, y también con los formalizados recientemente».
Uno de los hombres imputados, según este documento, empezó a chatear por WhatsApp con la adolescente el 25 de diciembre de 2018, luego de contactarla por Locanto. En ese momento la adolescente tenía 16 años y el imputado 54. Según la investigación, las características de los mensajes demuestran que estos encuentros «eran de naturaleza sexual».
También hubo casos en los que la Fiscalía pudo demostrar que uno de los imputados «prometió pagar y pagó a dos adolescentes para que ejecuten actos de naturaleza sexual o erótica».
Los delitos que se tipificaron en este caso fueron retribución o promesa de retribución a personas adolescentes de mantener sexo o cualquier otro acto erótico; delitos de suministro de estupefacientes agravados.
El perfil de los victimarios demostró que estos delitos pueden, y son, cometidos por personas con poder, buen estatus socioeconómico y una vida pública como “padres de familia”, profesionales, educadores.
Durante las primeras defensas los imputados aseguraron no conocer la edad de las adolescentes y aludieron a relaciones supuestamente horizontales y consensuadas, también aseguraron que «no parecían menores». Por normativa, las personas menores de 18 años no pueden dar consentimiento; además, el supuesto desconocimiento de la edad no se consideró motivo suficiente para encontrar a estos hombres inocentes.
Con las semanas fue creciendo la lista de imputados e investigados. En julio de 2020 ya había 24 personas formalizadas y 15 víctimas identificadas.
Para agosto los formalizados eran 32 y había ocho imputados. El perfil se mantuvo: empresarios, profesionales y comerciantes. Los hombres se contactaban con las menores desde sus teléfonos celulares y mediante sitios de citas. El promedio de edad siguió siendo el mismo, entre 40 y 50 años.
En febrero de 2021 la abogada de uno de los imputados, Cecilia Salom, denunció a la fiscal Viera por supuestas filtraciones a la prensa; el caso se archivó por falta de argumentos.
El mismo mes las audiencias se suspendieron porque ni las defensas de los imputados ni las de las víctimas tuvieron acceso al celular de una de las víctimas que iba a declarar.
Defensores de dos de los imputados solicitaron la nulidad del caso en marzo de 2021 por considerar que la Fiscalía ocultó parte de la prueba a los abogados de los acusados. “El acceso al legajo fiscal fue a cuentagotas, dificultoso, nunca llegando a ser completo, como algún colega ha dicho en audiencia: armar un puzle de gran escala con los ojos cerrados”, sostenía el documento que compartió la diaria.
Luego, las y los abogados de veintiocho de los treinta y seis hombres investigados presentaron un recurso de nulidad. La causa fue que uno de los principales archivos de la evidencia no había sido compartido con las defensas.
Todos los pedidos de nulidad se rechazaron. Para ese entonces las víctimas identificadas eran 20.
Varios policías fueron investigados por irregularidades en el manejo de la evidencia del caso, tras una denuncia del Ministerio del Interior. La fiscal Viera solicitó, en mayo, que se extendieran las medidas cautelares de los imputados por seis meses; la Justicia las alargó tres meses. También pidió una extensión para la investigación por un año y le concedieron seis meses.
El 28 de octubre de 2021, tras más de un año y medio a cargo de la investigación, la fiscal Darviña Viera fue trasladada a otra dependencia. La titular de la Fiscalía de Delitos Sexuales de 6° turno, Mariana Alfaro, asumió la de 5° turno en lugar de Viera y desde entonces está al frente del caso de la Operación Océano.
Un día antes del traslado Viera solicitó nuevamente una prórroga para la investigación preliminar. La jueza María Noel Tonarelli la concedió. Ahora, la fiscal a cargo, Mariana Alfaro, deberá acusar antes de mayo de 2022, momento en que la investigación llegará a la extensión máxima establecida en el artículo 265 del nuevo Código de Proceso Penal, informó la diaria.
En noviembre de este año la audiencia se postergó hasta febrero de 2022 porque el día 10 de ese mes las defensas de los imputados accedieron a cuarenta y cinco archivos que no habían sido entregados por la Fiscalía. La fiscal Alfaro informó sobre los errores y entregó la documentación para continuar con las declaraciones anticipadas.
Explotación sexual
La explotación sexual comercial es un tipo de violencia sexual que “se basa en la dominación de los varones adulto sobre mujeres, niñas, niños y adolescentes”, demuestra una relación de poder, subyugación, y constituye una grave violación de los derechos humanos, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Esta clase de delito sucede a diario y se sostiene porque «es un negocio altamente lucrativo”.
Las personas menores de edad, de acuerdo a la Ley 17.815 que rige en Uruguay, no pueden dar su consentimiento en relaciones sexuales con personas mayores.
Que una persona de menos de 18 años tenga una vida sexual activa con sus pares no significa que no configure explotación cuando hay un hombre mayor de edad, a veces incluso del doble de su edad, involucrado. Desde el Comité Nacional para la erradicación de la explotación sexual de la niñez y la adolescencia (Conapees) aseguran que esta justificación legitima el accionar de los explotadores y colabora a que estas tramas delictivas se sostengan con impunidad.
De acuerdo a datos de la OIT en la mayoría de los casos las víctimas son adolescentes de sexo femenino (los datos se desagregan por sexo, no por género) de entre 14 y 17 años.
En 2015 la OIT estimó 650 casos anuales en Uruguay, considerando un subregistro del entorno del 50%. Es decir, a la certeza de 390 casos denunciados le sumaron 259 casos en los que tenían fuertes sospechas.
Conapees recibe alrededor de 350 denuncias por año según cálculos 2015-2019, pero el presidente, Luis Putscher, también asegura que hay un subregistro.
De acuerdo a Unicef, hay varios factores que impiden la denuncia. Los explotadores suelen estar en posiciones de poder, las víctimas no tienen forma de acceder a los mecanismos estatales de ayuda, orientación o denuncia, no hay redes de contención o el explotador utiliza el miedo y la violencia para que no se denuncie.
Hay distintas modalidades de explotación sexual infantil: actos sexuales con remuneración o promesa de remuneración (no solo en efectivo, puede ser en especias, comida, techo), utilización de imágenes en material pornográfico, fiestas o espectáculos sexuales públicos o privados, turismo sexual parejas y matrimonios forzados y trata con fines de explotación sexual.
No hay excusas
Sin demanda (explotadores), no hay explotación sexual. Los explotadores son, en su mayoría, hombres. No tienen un perfil definido, según varios estudios de Unicef, la OIT y Conapees. Tienen distintos niveles socioeconómicos, profesiones, estudios. Suelen tener poder y estar insertos en la sociedad.
En el manual para el abordaje de la explotación sexual elaborado por Conapees-INAU se asegura que “los hombres no parecen -en su mayoría- hacerse cargo del rol protagónico que tienen en la existencia de la explotación sexual de niñas, niños, adolescentes, ni siquiera se reconocen como protagonistas. El fenómeno continúa estando ‘naturalizado’, la sexualidad continúa entendiéndose desde los varones, de modo que la mujer es un cuerpo al servicio del deseo del otro”.
El principal mito sobre los explotadores sexuales es que son enfermos psiquiátricos, un dato que no condice con la realidad y que, además, estigmatiza las enfermedades mentales, igualándolas a hechos delictivos.
Hay diferentes clases de explotadores en la trama del delito. Unicef los divide, para el caso de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en:
- Explotador-cliente: el que, mediante un pago en efectivo o en especie, tiene una relación sexual con una persona menor de 18 años.
- Explotador-proxeneta: el que compromete, seduce o sustrae a un niño, niña o adolescente para entregarlo a otro con el objeto de tener una relación sexual mediante pago. El proxeneta pone a las niñas, niños, adolescentes a disposición de los explotadores-clientes para la explotación sexual. Busca obtener la totalidad o una parte del pago efectuado por el explotador-cliente.
- Explotador-intermediario: el que facilita el contacto entre explotador/cliente y explotador-proxeneta.
Para los casos de explotación sexual de mayores de 18 años los tipos se mantienen; el explotador-cliente es el que sostiene la trama de la explotación a través de la “adquisición del servicio” que le “provee” una mujer explotada por un proxeneta.
Servicios de atención estatal
Es responsabilidad de toda la población estar alerta y ayudar. En este panorama de silencio e impunidad, es importante recordar que existen espacios seguros para las personas que están siendo víctimas de explotación sexual, que se puede denunciar y que hay gente dispuesta a escuchar y a acompañar sin juzgar.
La Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en Género habilitó un canal de comunicación para que quienes sufran o tengan información sobre casos de explotación sexual puedan realizar la denuncia al teléfono 091 507 531.
Para denunciar una situación de explotación sexual infantil: 0800 50 50, línea Azul del INAU, o por la página web del Ministerio del Interior.
Para denunciar una situación de explotación sexual de personas mayores de 18 años: Fiscalía, comisarías, unidades de violencia basada en género, por teléfono al 911 o por la página web del Ministerio del Interior.