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Política crimen organizado | lavado de activos | Layera

La advertencia de Mario Layera

Estado, partidos políticos, crimen organizado y lavado de activos

La organización Siembra convocó a un grupo de expertos para intercambiar sobre el crimen organizado y los delitos de cuello blanco en el Uruguay.

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Caras y Caretas Diario

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El comisario general Mario Layera realizó la advertencia en un seminario sobre crimen organizado y lavado de activos de Uruguay convocado por Siembra. La posibilidad de que el crimen organizado ingrese a la política no parece una advertencia descabellada si se toma en cuenta la baja percepción del riesgo del sistema político y las escasas medidas legislativas e institucionales que define Uruguay para su preservación.

Hay un dicho popular que sostiene que cuando uno utiliza como muletilla una expresión para desprestigiar al otro, ésta se le puede volver en contra; algo de esa sabiduría popular es la que puede llegar a padecer la primera senadora del país, Graciela Bianchi, con el término “narcoestado”, estigmatizando a los gobiernos de otras naciones.

Dándole un abordaje con la seriedad que el tema merece, la organización Siembra convocó a un grupo de expertos para intercambiar sobre el crimen organizado y los delitos de cuello blanco en el Uruguay.

En dicho encuentro estuvieron presentes por la academia la criminóloga Dra. Clara Musto, el Dr. en Ciencias Sociales Gabriel Tenenbaum, el exsecretario de la SENACLAFT Ricardo Gil, el ex prosecretario en el gobierno de Jorge Batlle Leonardo Costa, el fiscal general Jorge Díaz y el excomisario general Mario Layera.

Fue precisamente Layera quien, desde su experiencia, realizó la advertencia de las posibilidades de que el crimen organizado infiltre el sistema político, partiendo de una premisa simple pero que ya se ha vivido en otros países: llega un momento en que el volumen de dinero obtenido empieza a perder valor si uno de los canales de flujo del mismo no se hace desde el gobierno de la República y, para llegar al gobierno, hay que meterse en política.

Tal vez el caso más emblemático fue en Colombia. En 1983, Pablo Escobar era miembro del Congreso de Colombia. Había logrado llegar hasta el Legislativo producto de una alianza de su grupo político y el Movimiento Alternativa Popular, que encabezó Alberto Santofimio Botero.

Las debilidades institucionales de controles y represión al crimen organizado que señaló el exfiscal Jorge Díaz, las dificultades que genera que la Secretaria Nacional de Combate al Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT) dependa del Poder Ejecutivo y que la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) esté dentro del Banco Central, la falta de claras competencias de los organismos y su falta de coordinación señalada por Ricardo Gil, y la baja percepción del riesgo enfatizada por Leonardo Costa, son expresiones de la desidia que abona el accionar del crimen organizado.

La Dra. Clara Musto narra claramente el proceso de debilitamiento institucional cuando señala que “un momento histórico clave se encuentra en la sanción de la nueva ley de puertos de 1992, que hizo a Montevideo la primera terminal de la costa atlántica de América del Sur en operar en un régimen de puerto libre. La ley habilita la libre circulación de mercaderías sin necesidad de autorizaciones y trámites formales. La apuesta a consolidar Uruguay como un Ham logístico ha sido uno de los pocos ámbitos donde parece haberse desplegado en Uruguay una verdadera política de Estado trascendiendo gobiernos y orientaciones políticas.

El problema es que, desde entonces, las agencias de control de drogas internacionales señalan al puerto uruguayo como centro de logística del comercio de drogas y que hay corrupción. Los datos muestran que, aunque las aduanas son los organismos que más droga requisan en el mundo, en Uruguay incautan alrededor del 1 % de toda la droga que se detecta en el país. A fines de 2007 se destruyó antes de llegar a instalarse el primer escáner para el control de contenedores que pretendía funcionar en Montevideo. Las notas de prensa del momento reportan que alguien no aseguró la correa del cargamento y, mientras era descargado por una grúa, se cayó y se rompió. Se realizó una profunda investigación del hecho y la causa terminó archivada sin lograr encontrar responsables. La asociación de funcionarios aduaneros ha denunciado el desmantelamiento sistemático de todos los controles aduaneros que intentaron aplicarse y declaran que quien opera el escáner es una empresa tercerizada que no pasa las imágenes obtenidas a la aduana y el apoyo en estructura, pero sin intervención directa de las autoridades. No hay tampoco escala en el puerto de Nueva Palmira, frecuentemente señalado como otro enclave estratégico en el comercio regional de drogas”.

De traje y corbata

Musto indica también que “parte del poder de los poderosos es lograr exitosamente rechazar las etiquetas de delito y de delincuentes, independientemente del daño que causen con su accionar. Incluso dentro de la disciplina de la criminología, se calcula que sólo el 5 % del tiempo se dedica a investigar, enseñar, escribir y asesorar sobre el Delito de los Poderosos, mientras que el 95 % de los recursos se dedica al delito de los pobres”.

Musto recordó que “el gobierno actual tramitó una ley de urgente consideración que aumenta el tope para pagos en efectivo sin declarar hasta los 120 mil dólares”, una cifra que puede cargar un ciudadano mientras se encuentra reunido en un despacho del Palacio Legislativo, de un Ministerio, de un ente público o en una oficina que organiza la campaña electoral del próximo candidato.

La Ley N°18.485 regula la actividad de los partidos políticos y su financiamiento; establece que el Estado contribuirá a solventar los gastos de los partidos políticos en su funcionamiento; los que pudieren demandarles la participación en elecciones nacionales y departamentales; en las elecciones internas y, cuando correspondiere, también contribuirá a cubrir los gastos en que pudieren incurrir los candidatos participantes en una segunda elección.

La ley también prevé que el patrimonio de los partidos políticos y el de sus sectores internos, cuando correspondiere, se integrará con los bienes y recursos que autoricen su carta orgánica y que no prohíba la ley. Los bienes adquiridos con fondos partidarios, del sector interno o a título gratuito, deberán inventariarse y, en su caso, escriturarse a nombre del partido político o del sector, y estarán exonerados de todo tributo nacional siempre que se encontrasen afectados, en forma exclusiva, a las actividades específicas del partido político o del sector interno. La adquisición, gravamen, enajenación o ejercicio del derecho de propiedad de todo inmueble de los partidos políticos o sus sectores internos, estarán exentos de todo tributo nacional.

Adquirir propiedades a nombre de un grupo político forma parte de una excelente inversión inmobiliaria, una de las principales actividades de blanqueo de capitales, y está legalmente avalado que desde un partido político se ingrese al sistema financiero.

El artículo sexto de la ley autoriza a los partidos políticos, a los sectores internos, agrupaciones políticas o listas de carácter nacional o departamental a abrir cuentas bancarias en cualquier institución del sistema financiero nacional, para el cumplimiento de sus fines, estando exonerados de todo tributo a esos efectos.

Y si se necesitara una “fachada” donde el foco de atención se desvíe del grupo político, la ley autoriza a los partidos políticos, sus sectores internos o agrupaciones electorales a constituir o participar en fundaciones con la única finalidad de promover actividades académicas, culturales, educativas y de difusión de ideas, así como la financiación de estudios y proyectos sobre la realidad nacional, regional e internacional. Estas fundaciones, a efectos de cumplir con los fines previstos en el artículo anterior, podrán captar recursos provenientes de: A) El Estado uruguayo, cuando así lo determine la ley; B) El propio partido político patrocinante; C) Fundaciones nacionales o internacionales; D) Organismos de cooperación internacional; y E) Personas físicas o jurídicas con las limitaciones de la presente ley.

Dedicarse a la política puede resultar un negocio redondo para el blanqueo de capitales.

Es cierto que la ley prevé algunos dispositivos pero que, de tan generales en su redacción, habilita a cualquier maniobra.

Dice su artículo 17: “El comité de campaña deberá llevar registros contables específicos de la campaña electoral, en los que se registren todas las contribuciones recibidas -cualquiera sea su origen o naturaleza, pública o privada- y los gastos efectuados, con la documentación respectiva que respalde la información registrada. Toda cesión de derechos sobre las contribuciones del Estado deberá quedar registrada en la contabilidad de la campaña. El comité de campaña estará obligado a informar sobre todas las donaciones y contribuciones que se perciban, con indicación de su origen, que remitirá a la Corte Electoral 30 (treinta) días antes de cada elección”.

El financiamiento por parte del Estado queda estipulado, pero el financiamiento público en función de los resultados electorales parece ser un problema, salvo en la hipótesis de que esté retornando inversión de capitales blanqueados; y esa hipótesis parece confirmarse cuando el artículo 27 establece que los candidatos electos “podrán ceder total o parcialmente sus derechos a la percepción de las cantidades que les correspondan a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay o de instituciones o empresas privadas o personas físicas”.

El artículo 31 es la madre de todas las batallas. Sostiene que “las donaciones que reciban los partidos políticos o sectores internos o listas de candidatos a efectos de sus campañas electorales no podrán exceder para cada uno de ellos y por cada donante, la cantidad de 300.000 UI (trescientas mil unidades indexadas) y deberán ser siempre nominativas. Se entenderá por tales aquéllas en donde queden registrados con toda precisión el nombre y demás datos identificatorios del donante. Cuando se registre una donación de servicios o materiales, además del nombre del donante, se asentará un valor estimado de los mismos. En ningún caso tales donaciones podrán deducirse a efectos fiscales”. Y el artículo 32: “Todo aporte o contribución a la campaña electoral de las preceptuadas en la presente ley debe ser depositado en cuenta bancaria abierta especialmente para la financiación de la misma”.

Una redacción dada para un Uruguay que consideraba lejano los alcances del crimen organizado y el lavado de activos.

Como el Uruguay no hay

Con la afirmación de Layera y el diagnóstico de Leonardo Costa sobre la baja percepción del riesgo del sistema político, salimos a consultar a los legisladores integrantes de la comisión especial de financiamiento de la democracia de Diputados y de lavados de activos, también de la cámara baja.

El Frente Amplio presentó en junio del 2020 un proyecto de ley que modifica algunos aspectos de la Ley 18.045, pero parece que naufragará para la cercana campaña electoral.

El diputado frenteamplista Carlos Varela expresó a Caras y Caretas que el funcionamiento de la comisión no es de los más dinámicos, que la coalición de gobierno planteó una serie de reparos al proyecto y para estudiarlo se conformó una subcomisión que no tuvo avances significativos, por lo que tiene la impresión de que quizá se avance algo de cara al 2029.

El Frente Amplio entiende que para que la Corte Electoral pueda cumplir mejor su rol de contralor de los partidos políticos debería trabajar en conjunto con el Tribunal de Cuentas, lo que permitiría poder contar con el asesoramiento e informes de otras instituciones como la DGI y la SENACLAFT, entre otros, y topear y eliminar el anonimato de los aportantes en las campañas electorales.

Entiende que la actual ley de financiamiento no es suficiente para evitar recibir dinero blanqueado y que las organizaciones políticas en sus mecanismos internos tienen medidas de prevención, pero que tampoco los salvan de “un garrón”.

El también diputado frenteamplista Ubaldo Aíta comparte la expresión de Varela, pero además se permitió recordar que el fenómeno ya estuvo presente dentro de sus propias filas. La Departamental de Canelones del Frente Amplio emitió un comunicado tras la condena judicial de Adriana Álvarez, candidata al Municipio de Las Piedras, por ser autora de un delito de negociación de sustancias estupefacientes.

También vale recordar al hijo del político colorado Wilson Sanabria, hombre fuerte de Sanguinetti, Francisco Sanabria, quien en el año 2015 se encargó del manejo de una serie de empresas como un tambo en José Ignacio, las casas de cambio ubicadas en varios puntos del país llamadas "Cambio Nelson", una rentadora de autos y medios de comunicación de Maldonado. Asimismo, asumió la conducción de la Lista 10 del Partido Colorado en Maldonado, departamento donde además ejercía el cargo de secretario general del Partido. Fue diputado suplente de Germán Cardoso y terminó procesado por crimen organizado y recluido en la Cárcel de Campanero, donde recibió varias visitas de Sebastián Marset.

Volviendo al Parlamento, la mayoría de los integrantes del Frente Amplio entienden que los legisladores del gobierno no manifiestan voluntad de modificar las reglas de juego.

El diputado nacionalista Juan Martín Rodríguez, consultado por Caras y Caretas, entiende que el sistema político no está “vacunado” contra el crimen organizado y que deberían tomarse algunas medidas institucionales como crear el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Gobierno, por ejemplo, para que el secretario de Presidencia pudiera ser controlado por el gobierno.

No comparte con el proyecto del Frente Amplio básicamente cuatro medidas: la primera, que se agreguen organismo al control que entiende que naturalmente debe hacer la Corte Electoral y, en todo caso, ve el rol del Tribunal de Cuentas como un organismo meramente auxiliar; tampoco comparte que un consejo asesor audiovisual del gobierno controle las campañas electorales; no comparte la eliminación de las donaciones anónimas pero sí está abierto a reducir quizá los montos, porque, de eliminarse, quien mañana done unos chorizos debe hacer una declaración jurada, dijo como ejemplo. Lo mismo con la eliminación de las donaciones de personas jurídicas, ya que entiende que es más transparente que una empresa done y lo haga mediante sus accionistas. Y, como cuarto tema, no comparte que la Corte Electoral regule la campaña electoral, dejando librado a negocios entre privados, el partido político y los medios de comunicación.

Aunque no desestima que alguna modificación pueda ser aprobada para la campaña electoral del 2024, en todo caso queda claro que la percepción del riesgo por parte del sistema político es más que baja.

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