El proyecto de ley de Rendición de Cuentas que el Poder Ejecutivo envió al Parlamente este jueves propone, además de derogar la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (ley de medios) aprobada en 2014, restablecer una serie de normativas creadas durante la última dictadura militar.
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La derogación de la Ley de Medios ya había sido anunciada, por lo que su inclusión el proyecto no llamó demasiado la atención.
Sin embargo, la restitución de los decretos-leyes n.º 14.670, de 1977, y n.º 15.671, de 1984, sí lo hizo, ya que estas normas son cuestionadas por su posible utilización para perseguir a medios disidentes.
Un ejemplo de esto es que la reglamentación de la ley-decreto n.º 14.670, firmado por Aparicio Méndez, estableció en su artículo 28 una serie de pautas para la utilización de frecuencias de radio y televisión.
El primer inciso de dicho artículo establece que, dada la “función y responsabilidad que poseen los servicios de radiodifusión como medios de comunicación social”, los mismos deban dar “observancia especial de las normas referentes a la moral, el decoro y las buenas costumbres”.
En cuanto a la derogación de la Ley de Medios, el Poder Ejecutivo pretende hacer excepciones con la transmisión de eventos deportivos de interés general y a la accesibilidad de personas con discapacidad auditiva y visual.
Lo primero refiere a eventos que “involucren actividades oficiales de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias”, los cuales “deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo”.
Lo segundo hace referencia a la continuidad de los “sistemas de subtitulado, lengua de señas o audiodescripción”, en los servicios de televisión abierta y televisión para abonados.