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Sociedad tributos |

facilidades para deudores

Intendencia de Canelones reglamentó nuevos beneficios tributarios

Los beneficios se enfocan tanto en brindar facilidades para quienes tienen deudas como en premiar la regularidad en el pago de los tributos departamentales.

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El Gobierno de Canelones reglamentó mediante cinco resoluciones aprobadas en las últimas horas el Decreto N° 0006/026 de la Junta Departamental, del 22 de abril de 2026. Dicho decreto aborda en su articulado diferentes posibilidades y beneficios para ponerse o mantenerse al día con los tributos departamentales.

Los beneficios se enfocan tanto en brindar facilidades para quienes tienen deudas como en premiar la regularidad en el pago de los tributos departamentales.

El plan se enfoca principalmente en la Contribución Inmobiliaria (para padrones urbanos, suburbanos y rurales) y sus tasas conexas bajo las siguientes condiciones especiales:

1. Facilidades para Regularizar Adeudos (Morosos)

• Suspensión del 100% de multas y recargos: Se quita la totalidad de los recargos por mora acumulados sobre la deuda original al momento de firmar el acuerdo.

• Financiación flexible: Se permite financiar el saldo resultante hasta en 60 cuotas mensuales fijadas en pesos uruguayos.

• Plazo excepcional: Este programa de regularización especial y facilidades se encuentra vigente de forma definitiva.

• Facilidad por bajos ingresos (Decreto 73/09 acumulado): Si tras un estudio socioeconómico se constata que el núcleo familiar no puede costear la cuota del convenio y el tributo corriente a la vez, se suspende el cobro de la deuda acumulada por 5 años. Si el contribuyente paga de forma puntual el tributo corriente durante ese lapso, la deuda vieja se exonera definitivamente.

2. Incentivos y Descuentos para Estar al Día (Contribuyentes Cumplidores)

Para el pago de las obligaciones del ejercicio corriente, se habilitan bonificaciones acumulables que premian el pago en fecha:

• 15% de descuento por Buen Pagador: Dirigido a aquellos contribuyentes que mantuvieron sus tributos cancelados de manera regular en el ejercicio anterior.

• 10% de descuento por Pago Contado: Aplicado de forma directa si se decide liquidar la totalidad de la anualidad en un único pago al comienzo del calendario fiscal.

• Beneficio acumulado del 23,5%: Al combinar la condición de buen pagador con el abono contado anual, el descuento total sobre el tributo alcanza casi una cuarta parte del monto.

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