“Esa disposición crea un marco irracional en el manejo de los abusos en las denuncias que es un tema que se viene repitiendo en los últimos años porque la ley posibilita y da facilidades para denunciar sin responsabilidad”, afirmó el diputado y admitió que no cuenta con datos precisos sobre el número de denuncias.
Gustavo Zubía dijo que junto al legislador Eduardo Lust preparan un proyecto de modificación de la ley 19850, para lo cual conformaron una comisión y mantuvieron entrevistas con diferentes organizaciones como el Colegio de Abogados, la Asociación de Defensores Penales y la Asociación de Fiscales, por lo que tienen previsto continuar trabajando este año para lograr concretar estas modificaciones a la ley.
"“No tengo cifras, pero voy a dar un ejemplo. En la llamada violación del Cordón, que fue el caso que involucró al periodista Nacho Álvarez, se probó la falta de elementos determinantes para la responsabilidad de los jóvenes que habían sido imputados (...) sin embargo, no hubo ninguna responsabilidad para esa supuesta víctima por hacer una denuncia falsa”, expresó.
Para Zubía, el punto clave a modificar de la ley 19850 es el que habla de las denuncias que puede realizar una mujer y señala que “en la medida que una denuncia sea verosímil”, no habrá responsabilidad para la persona que la efectúe.
“Hay que modificar estas orientaciones que dicen que si hay verosimilitud no hay responsabilidad penal y establecer criterios mucho más concretos que determinen que más allá de que una denuncia sea verosímil, si se puede demostrar que es una denuncia falsa, tiene que acarrear responsabilidad penal para el que la realiza porque está vulnerando los derechos de otra persona”, subrayó.
A criterio del exfiscal penal, otro de los derechos vulnerados por la ley está plasmado en el artículo 3 que establece que en caso de duda se aceptará la interpretación favorable a la mujer que efectúa la denuncia.
“Allí se está vulnerando un principio de derecho penal muy antiguo que dice ´in dubio pro reo´, es decir en caso de duda se debe estar a favor del denunciado y no del denunciante. Esta ley, en su artículo tercero, establece que en caso de duda se estará a favor del denunciante. Estos son algunos de los puntos por los cuales nos proponemos modificar esta ley”, indicó.